La Ciudad aprobó la emergencia económica hasta diciembre

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó este jueves la ley de emergencia económica y financiera que regirá hasta el 31 de diciembre próximo en los tres poderes constitucionales, comunas, entes autárquicos, todos los organismos, dependencias, sociedades o empresas con participación mayoritaria de la CABA.

La ley que impulsó el jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, se evaluó en la comisión legislativa de Presupuesto, que preside el diputado Claudio Romero (VJ) y hoy se debatió en sesión ordinaria y se aprobó por 38 votos positivos de Vamos Juntos, PS, Gen, CF y UCR-Evolución y 21 votos negativos del Frente de Todos y los 4 diputados de izquierdas.

La propia ley aclara taxativamente que “los ahorros o incrementos de recursos que resultaren del ejercicio de las facultades” otorgadas por la emergencia “serán destinados a reforzar prioritariamente las acciones inherentes a la emergencia sanitaria”.

A partir de su publicación en el Boletín Oficial y hasta fin de año, el Gobierno porteño y las administraciones de los poderes Legislativo y Judicial, así como la Defensoría del Pueblo, quedan facultados a hacer modificaciones presupuestarias y reasignaciones de recursos hasta un monto equivalente al 5% anualizado de cada partida.

Se revisarán compras, contratos de obras y servicios, no podrán comprometerse nuevos gastos, ni designaciones ni ampliación de estructuras ni otorgarse nuevos beneficios o suplementos remunerativos.

“Quedan expresamente excluidos todos aquellos programas creados por leyes que tengan dentro de sus objetivos el otorgamiento de beneficios sociales a través de subsidios, ayudas o transferencias de cualquier tipo, a personas humanas. Asimismo, se encuentran excluidos los programas que se desarrollen en las áreas de salud, educación y desarrollo humano”, expresa uno de los artículos de la norma.

Las demás excepciones “deberán estar enmarcadas exclusivamente en la necesidad de garantizar el funcionamiento de servicios esenciales”.

El proyecto funda sus razones en la caída de la recaudación fiscal como consecuencia del aislamiento preventivo de la pandemia que impidió muchas actividades productivas. El diputado Romero explicó que la merma recaudatoria está en el orden del 40% desde el comienzo de la emergencia.

La C.A.B.A. prevé una caída anualizada de la recaudación impositiva de unos 80 mil millones de pesos.

Ministro de Hacienda, Martín Mura

Incentivos a contribuyentes 

Se determinaron bonificaciones y descuentos para los contribuyentes, “a fin de incentivar el pago anticipado de las cuotas con vencimiento en el segundo semestre”. Estos beneficios llegarán hasta el 30% del total a tributar para ABL y Patentes.

Habrá un “reconocimiento de un crédito fiscal” para quienes opten por la modalidad de realizar el anticipo voluntaria del pago por Ingresos Brutos. “El porcentaje del crédito fiscal que se les reconocerá sobre el Anticipo Tributario Extraordinario no podrá exceder el 30% del monto que integre; el que será fijado en relación a la cantidad de anticipos y al plazo en el que se ingrese conforme lo establezca la reglamentación”, se estipuló.

El Anticipo Tributario Extraordinario junto con el crédito fiscal podrá ser utilizado a partir del 01/01/2021 para la cancelación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en las formas y condiciones que establezca la reglamentación.

A su vez, la Ciudad, “a través de los organismos competentes se abstendrá, hasta el día 30 de Junio de 2020 inclusive, de solicitar judicialmente la traba de medidas cautelares y/o ejecutorias en ejecuciones fiscales (embargos e inhibiciones generales de bienes)”. Ese plazo se podrá extender por el Poder Ejecutivo.

Santilli, Larreta y Forchieri en la Legislatura porteña. Crédito:prensa Legislatura

Principales medidas legisladas

– “Facúltase al Poder Ejecutivo a suspender y/o postergar la ejecución de programas creados por leyes específicas, debiendo reasignar y/o reorientar dichos recursos” a “las acciones inherentes a la emergencia sanitaria (…) y a dar respuesta a los efectos que la situación de emergencia económica produzca”.

– Se dispone la revisión de la totalidad de los procesos que se encuentren en trámite o en curso de ejecución referentes a compras y contrataciones de bienes, de servicios, de suministros, de obra pública, de concesiones y permisos.

– El contratista, proveedor o concesionario sólo tendrá derecho a que se le reconozcan los gastos en que fehacientemente probare haber incurrido con motivo del contrato y el reembolso se hará “una vez concluida la vigencia de la situación de emergencia Económica y Financiera”.

– Se prohíbe “el incremento de cargos en las estructuras orgánico funcionales de Autoridades Superiores y Régimen Gerencial del Poder Ejecutivo” y equivalentes en el resto de los poderes u organismos.

– No se podrán “instrumentar retribuciones extraordinarias ni beneficios, tales como bonificaciones, premios, incentivos o suplementos salariales”. (Quedan exceptuados aquellos que se otorguen en el marco de la emergencia sanitaria y respecto de personal que efectúe concretas prestaciones en la materia).

– Se crea en el ámbito de la Legislatura la Comisión Especial de Fiscalización y Seguimiento de la Emergencia Sanitaria, integrada por los presidentes de las comisiones de Salud y de Presupuesto más 9 legisladores designados por la Vicepresidencia primera de dicho cuerpo. Competerá a esa comisión “la verificación del estricto cumplimiento a lo establecido en la presente Ley y sus resultados”.

En el debate, además de Romero, defendieron el proyecto con sus argumentos los legisladorrs Sergio Abrevaya (Gen), Roy Cortina (PS), Juan Nosiglia (UCR), Lucía Romano y Juan Del Gaiso (VJ). Las críticas opositoras fueron expresadas en los discursos de María Rosa Muiños, Javier Andrade y Ceciia Segura (FdT) y legisladoeres de izquierdas.

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Prisión preventiva a integrantes de una Red Transnacional de abuso sexual infantil 

Así lo resolvió la titular del Juzgado Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N° 2, Dra. Barbara Moramarco Terrarosa, en virtud de la evidencia recolectada y la posibilidad de que los investigados entorpezcan la investigación o bien se den a la fuga

La jueza porteña deicidio que los 3 imputados que formaban parte de la Red transnacional de abuso infantil que operaba a través de mensajería cifrada, permanezcan detenidos hasta tanto se lleve a cabo el juicio oral y público en su contra.

A partir de la medida dispuesta por Moramarco Terrarosa, el pasado 16 de diciembre de 2025, en el marco de una investigación coordinada por la Unidad Fiscal Especializada en Delitos Informáticos (UFEDyCI), a cargo de la fiscal Daniela Dupuy, se realizaron nueve (9) allanamientos simultáneos en domicilios ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en distintas localidades del Conurbano bonaerense.

La organización operaba a través de la plataforma Signal a través de la cual distribuía imágenes y videos en los que se observa a niñas y niños de muy corta edad, incluso bebés, siendo sometidos a abusos sexuales por parte de adultos.

¿cómo fue la “Operación Dori”?

El procedimiento se desarrolló en el contexto de la denominada “Operación Dori”, una investigación de alcance transnacional que tuvo su origen en tareas realizadas por el Grupo 3° de Protección al Menor de la Unidad Central de Ciberdelincuencia de la Policía Nacional de España. En ese marco, se detectaron múltiples grupos de la aplicación de mensajería Signal —similar a WhatsApp o Telegram— integrados por usuarios de distintos países, dedicados al intercambio y comercialización de material de abuso sexual infantil.

La justicia argentina, trabaja desde mediados de 2025 en conjunto con la oficina de enlace de España en el AC3 de Ameripol Buenos Aires que dio intervención a la UFEDyCI, para que inicie la investigación de los objetivos locales.

En tres de los domicilios allanados, y con expresa autorización judicial, se realizó un análisis preliminar de los dispositivos electrónicos hallados en el lugar, en el que se encontró una gran cantidad de imágenes y videos de abuso sexual infantil.

La jueza interviniente resolvió en la audiencia posterior a las detenciones, y tras valorar la gravedad de los hechos, la evidencia recolectada y el riesgo de entorpecimiento de la investigación o de fuga, que los tres imputados permanezcan detenidos hasta la realización del juicio oral.

Jorge Macri preocupado por la investigación de sus departamentos en Miami

La denuncia que se presentó en la justcia de San Isidro ya llego a la Corte Suprema y está investigando el dinero utilizado para la compra de un departamento en Miami del Jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri.

Es noticia esta semana de fin de año porque la Corte Suprema debe sortear otros integrantes para definir si se reabre una causa por lavado de dinero que involucra al jefe de Gobierno porteño Jorge Macri.

Los conjueces son otros jueces que integran el Poder Judicial que son designados por sorteo para intervenir en causas puntuales como por ejemplo esta causa por lavado de dinero del ex intendente de Vicente López.

La investigación comenzó en 2016 por una decisión de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) que buscaba investigar “la hipotética canalización de fondos provenientes de actividades delictivas a través de la adquisición del Inmueble” en Miami, por 402.963,62 dólares, que sucedió en abril de 2011 por parte de una sociedad, “IconUnit 1704”, constituida un mes antes por Jorge Macri -por entonces legislador bonaerense- y su entonces esposa, con un capital inicial de 10.000 dólares.

Según aquella denuncia, el dinero para esa compra provenía de dos préstamos: uno del banco “Bac Florida Bank” por 219 mil dólares y otro de una sociedad uruguaya, Fawsley SA”, por 184 mil dólares, que fue cedida luego a otra firma constituida en Panamá, ‘Cometas Company Inc.’, y adquirida por una hermana de Jorge Macri.

Para los fiscales, según un comunicado de la Procuración “ese último préstamo ‘no existió y se trató de un acto simulado, lo que generaba serias sospechas sobre el efectivo origen y procedencia del dinero’”.

La jueza de San Isidro Sandra Arroyo Salgado dispuso el sobreseimiento de Jorge Macri y su entonces esposa. La Cámara Federal de San Martin confirmó la decisión en diciembre de 2019. La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso de la fiscalía. Es así que el caso llegó a la Corte Suprema.

Este 2026, el presidente de la Cámara Federal de Córdoba, Abel Sánchez Torres y el presidente de la Cámara Federal de Bahía Blanca, Pablo Candisano Mera- tendrán que votar ahora junto a jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Eso ocurrió porque Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti no lograron ponerse de acuerdo sobre la decisión, y, como hay dos vacantes en la Corte, no se conseguía la mayoría de tres votos necesarios para tomar una definición.

La defensa de Jorge Macri

Desde el entorno del jefe de gobierno porteño, señalaron que para la propia Justicia consideró que el tema “está agotado”. “Que se haya dictado sobreseimiento en tres oportunidades quiere decir que los recursos presentados por la Fiscalía no lograron aportar nuevas pruebas y ya no debería continuar el proceso”, indicaron.

“La defensa de Jorge Macri pudo demostrar que el dinero provenía de dos préstamos: un préstamo hipotecario del BAC Florida Bank por 219.000 dólares y otro de una sociedad uruguaya por un monto de 184.000 dólares. De esta manera, el Juzgado Federal de San Isidro concluyó, en mayo de 2019, que los hechos no revestían relevancia penal y dictó el sobreseimiento”, remarcaron.

Sin embargo, la sentencia fue apelada por el Ministerio Público Fiscal (MPF), al cuestionar el origen de los 184.000 dólares que fueron prestados por la sociedad uruguaya.

“La Cámara Federal de San Martín tomó el caso y confirmó el sobreseimiento en diciembre de 2019, aclarando que Macri había exteriorizado los fondos a través de la Ley 27.260 (Sinceramiento Fiscal) y que sus declaraciones juradas ante AFIP demostraban capacidad económica compatible con ese préstamo”, señalaron en el entorno del actual alcalde porteño.

Recordaron que el MPF interpuso un recurso de Casación, alegando que la confirmación del sobreseimiento era prematura. “Esta nueva presentación fue rechazada en diciembre de 2021, cuando la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) declaró que el recurso de casación presentado por el MPF resultaba inadmisible”, explicaron.

Fuente: Clarín y CSJN

Operación Freezer: heladeras comerciales robadas se vendían por redes sociales

La investigación realizada por personal de la Policía de la Ciudad permitió establecer el modus operandi, consistente en captar equipos entregados en comodato, acumularlos en depósitos y ofrecerlos a la venta en redes sociales mediante un perfil apócrifo.

La Policía de la Ciudad realizó cuatro allanamientos y recuperó 58 heladeras exhibidoras pertenecientes a una empresa cervecera que estaban siendo comercializadas ilegalmente a través de redes sociales.

Efectivos de la División Defraudaciones y Estafas realizaron una serie de cuatro allanamientos en forma simultánea, en el marco de una investigación por apropiación de bienes en comodato que eran ofrecidos a la venta mediante un perfil falso en redes sociales.

Durante los procedimientos, los efectivos policiales ingresaron a cuatro inmuebles ubicados sobre la calle Tinogasta al 5000, en el barrio de Villa Devoto, que eran utilizados como depósito y taller, donde se hallaron 58 heladeras exhibidoras con ploteos de distintas marcas de la empresa Maltería Quilmes.

Los equipos, cuya venta está prohibida, dado que habían sido entregados en comodato a comerciantes, fueron verificados “in situ” por personal técnico de la firma.

En el lugar se identificó y notificó a cuatro personas, entre ellas al responsable del depósito y técnicos y una administrativa,  por su presunta participación en la comercialización irregular de las heladeras.

La causa se inició tras la denuncia realizada por la empresa cervecera, que detectó la aparición de heladeras ploteadas en plataformas de compraventa.

Con la información aportada, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 37, a cargo de la Dra. Fabiana Galletti, Secretaría Nº 129 del Dr. Luis Álvarez, ordenó los allanamientos y avaló el secuestro de los elementos recuperados.