Reclamo conjunto de cientos de intendentes en la Corte Suprema.

El viernes 7 de junio hubo dos fotos. La foto que reunía a los intendentes kirchneristas y la foto que reunió a los intendentes de Cambiemos y algunos “dialoguistas”. Pero el punto común de todos fue ratificar el apoyo a la “autonomía municipal” que se pone en juego en la causa “CSJ 1533/2017/RH1 “ESSO Petrolera Argentina S.R.L. c/ Municipalidad de Quilmes s/ acción contencioso administrativa”  por el cobro de un impuesto sobre seguridad e higiene. Una demanda que fue rechazada por el Superior Tribunal de Justicia bonaerense. 

La audiencia comenzó minutos pasadas las 10 de la mañana en el cuarto piso del Palacio de Justicia. 

Intendentes de todos los partidos fueron más allá de la grieta y se unieron para luchar por la autonomía de los municipios a la hora de cobrar las tasas municipales, que significan el 35 por ciento de los ingresos totales de los municipios de la Provincia de Buenos Aires. Del otro lado, la petrolera junto a Unión Industrial Argentina (UIA), defendió el interés del empresariado.

Los intendentes peronistas hicieron foto aparte. (crédito: Prensa Esteban Echeverría).

La primera en abrir la audiencia fue la Dra. Gabriela Inés Tozzini, en representación de la UIA, basándose en el fallo del caso de “YPF contra la municipalidad de Concepción del Uruguay, Entre Ríos” en el que la Corte resolvió la cuestión a favor de la petrolera.

Entre los “amicus curiae” (amigos del tribunal), a favor del municipio de Quilmes, se presentaron los intendentes de 40 municipios bonaerenses representados por el intendente de Vicente López, Jorge Macri, el cual declaró no estar allí en defensa a una tasa sino de “la Constitución y de la autonomía municipal”. Cada orador contó con 10 minutos para exponer sus argumentos.

El primo del presidente citó la reforma constitucional de 1994 que determina a los municipios como parte integral del Estado y les asigna “autonomía financiera”. Por otra parte, aceptó que hay una presión impositiva excesiva en Argentina, pero dijo que es imposible atribuirle eso a los municipios. “Si tomamos el 100% de la base imponible se explica 84% de esa presión impositiva de carácter nacional; 14, 6 %  provincial y solo el 1,4 de esa presión impositiva es municipal”, argumentó Jorge Macri.

Intendentes de Cambiemos y aliados (crédito: Tiempo Judicial.)

Al hacer referencia a las críticas hacia la tasa de seguridad e higiene por parte de la Dra Tozzini, el intendente de Vicente López dijo que muchas veces se simplifica al simple hecho de la inspección dejando afuera muchos otros factores, y catalogo como  una “limitación malintencionada”.

Por último, Macri aseveró que “es obligación del Estado garantizar la posibilidad de que aquellos que han crecido fuera del sistema, tengan la chance de una movilidad social y la cual se logra con la redistribución de la capacidad contributiva de aquellos que más pueden a los que menos”, pero dejando claro que debe llevarse a cabo “sin atacar la autonomía municipal”.

Los intendentes de Cambiemos de Pilar y Vicente López, Nicolás Ducoté y Jorge Macri, en la CSJN.

El prestigioso abogado empresarial, Daniel Funes De Rioja, en representación de la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL), abrió su exposición alegando en contra del “infundado e incorrecto dictamen de la Procuración General que está cuestionando la tasa de seguridad de industrias, la cual significa el 34% de los ingresos municipales. “Si la Corte hiciera lugar a estos criterios de la actora y de la Procuración General, se produciría una situación gravísima en las finanzas comunales. Y esto afecta directamente a la constitución”, aseveró De Rioja.

Para fundamentar su declaración, el representante de COPAL citó el Artículo 123, el cual garantiza la autonomía municipal en cinco aspectos: institucional, político, administrativo, financiero y económico. “Si el municipio no puede ejercitar los poderes tributarios originarios y amplios que garantiza el Art. 123 no va a poder cumplir sus finalidades de bien común para la sociedad local”.

Para finalizar definió como “incorrecto” el fallo planteado por el Procurador General, de “YPF contra Concepción del Uruguay”. El doctor Funes De Rioja aseguró que el fallo que hay que aplicar es el de “YPF contra Municipalidad de Vicente López” del 2017, en la cual se rechazó una causa como esta.

La Corte sin el presidente Rosenkrantz. (crédito Tiempo Judicial)

Otro de los protagonistas a favor del municipio de Quilmes, fue el de Fernando Gray, intendente municipal de Esteban de Echeverría, en un discurso más político que jurídico comenzó expresando su sorpresa por la declaración de Jorge Macri de tener un presupuesto de 8 mil millones de pesos y lo comparó con los 2800 millones que recibe Esteban de Echeverría, incluso al contar ambos con la misma cantidad de habitantes.

En el mismo sentido, el presidente del Partido Justicialista bonaerense, explicó que “la Ciudad Autónoma de Buenos Aires emplea 2.200 millones de pesos en reparar veredas, que es el mismo monto que con el que cuenta como presupuesto completo para brindar seguridad, salud y educación a más de 300 mil vecinos. “Tenemos un presupuesto escaso, pero realizamos plantas de tratamiento cloacal, redes de agua potable y aumentamos la conectividad en todo el distrito para traer los polos industriales y centros de distribución más importantes de Argentina”, sostuvo Gray.

Por otra parte, el político afirmó que “se trata de beneficiar a las grandes empresas y se perjudica a los sectores trabajadores”, siempre en tono muy crítico y instó al Máximo Tribunal de Justicia de la Nación a ponerse del lado de los más humildes. “Le pido a esta Corte que se ponga del lado de los más humildes y desprotegidos”.

Qué reclaman los intendentes

Uno de los artículos que está en discusión y que ambas partes interpretan de formas diferentes es el artículo 35 del “Convenio Multilateral del 18/08/77”. Este artículo habilita a las municipalidades, comunas y otros entes locales similares de las jurisdicciones adheridas,  a “gravar en concepto de impuestos, tasas, derechos de inspección o cualquier otro tributo cuya aplicación les sea permitida por las leyes locales sobre los comercios, industrias o actividades ejercidas en el respectivo ámbito jurisdiccional,”, haciendo especial énfasis en el segundo y tercer párrafo los cuales dictan:

“La distribución de dicho monto imponible entre las jurisdicciones citadas, se hará con arreglo a las disposiciones previstas en este Convenio, si no existiere un acuerdo interjurisdiccional que reemplace la citada distribución en cada jurisdicción provincial adherida”.

Cuando las normas legales vigentes en las municipalidades, comunas y otros entes locales similares de las jurisdicciones adheridas sólo permitan la percepción de los tributos en aquellos casos en que exista local, establecimiento u oficina donde se desarrolle la actividad gravada, las jurisdicciones referidas en las que el contribuyente posea la correspondiente habilitación, podrán gravar en conjunto el ciento por ciento (100%) del monto imponible atribuible al fisco provincial”.

La audiencia se dio por finalizada después de la exposición de la parte actora y la parte demandada, en un ida y vuelta de preguntas por parte de la Corte, que ciertamente no dejaron satisfechos a ninguna de las partes pero se espera una resolución antes de fin de año. El dilema es si hay dos votos para cada lado. Si hay empate. Habrá penales? Difícil. Se tendría que elegir un conjuez ante la Corte Suprema. 

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Operación Freezer: heladeras comerciales robadas se vendía por redes sociales

La investigación realizada por personal de la Policía de la Ciudad permitió establecer el modus operandi, consistente en captar equipos entregados en comodato, acumularlos en depósitos y ofrecerlos a la venta en redes sociales mediante un perfil apócrifo.

La Policía de la Ciudad realizó cuatro allanamientos y recuperó 58 heladeras exhibidoras pertenecientes a una empresa cervecera que estaban siendo comercializadas ilegalmente a través de redes sociales.

Efectivos de la División Defraudaciones y Estafas realizaron una serie de cuatro allanamientos en forma simultánea, en el marco de una investigación por apropiación de bienes en comodato que eran ofrecidos a la venta mediante un perfil falso en redes sociales.

Durante los procedimientos, los efectivos policiales ingresaron a cuatro inmuebles ubicados sobre la calle Tinogasta al 5000, en el barrio de Villa Devoto, que eran utilizados como depósito y taller, donde se hallaron 58 heladeras exhibidoras con ploteos de distintas marcas de la empresa Maltería Quilmes.

Los equipos, cuya venta está prohibida, dado que habían sido entregados en comodato a comerciantes, fueron verificados “in situ” por personal técnico de la firma.

En el lugar se identificó y notificó a cuatro personas, entre ellas al responsable del depósito y técnicos y una administrativa,  por su presunta participación en la comercialización irregular de las heladeras.

La causa se inició tras la denuncia realizada por la empresa cervecera, que detectó la aparición de heladeras ploteadas en plataformas de compraventa.

Con la información aportada, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 37, a cargo de la Dra. Fabiana Galletti, Secretaría Nº 129 del Dr. Luis Álvarez, ordenó los allanamientos y avaló el secuestro de los elementos recuperados.

Persecución policial: el Anillo Digital de Seguridad detectó una camioneta robada

La Policía de la Ciudad detuvo, tras una persecución que se extendió desde Villa Lugano a Liniers, a un delincuente con antecedentes que circulaba en una camioneta robada. 

El Anillo Digital detectó en la avenida General Paz, a la altura de Villa Lugano,  el paso de una camioneta Toyota Hilux gris que tenía un pedido de secuestro por robo de la Comisaría Vecinal 11 B. 

En consecuencia, oficiales de la División Anillo Digital de la Policía de la Ciudad iniciaron un seguimiento y al ordenar la detención de la marcha, el conductor hizo caso omiso, gestándose una persecución que terminó en la colectora de la General Paz y Ramón Falcón, donde la camioneta chocó contra un Fiat Siena y dos móviles policiales. 

Los oficiales detuvieron al conductor, de 24 años que fue atendido por el SAME y trasladado al hospital Vélez Sarsfield, con consigna policial. Al ser identificado, se verificó que este sujeto tenía antecedentes por hurto y por robo en poblado y en banda. 

El conductor del Siena fue atendida en el lugar por el SAME, mientras que dos policías que también resultaron con traumatismos fueron derivados a los hospitales Santojanni y Grierson.

Detuvieron a cuatro personas con drogas sintéticas

La Patrulla de Control de Accesos de la Policía de la Ciudad detuvo este lunes a cuatro hombres que viajaban en un Volkswagen Bora durante un control vehicular en el Puente Cabildo, donde se secuestraron más de 60 dosis de distintas sustancias ilegales, entre ellas tusi, éxtasis y marihuana.

El procedimiento se realizó cuando los oficiales detuvieron la marcha del vehículo y advirtieron el evidente nerviosismo del conductor, junto con un fuerte olor compatible con marihuana. Ante esa situación, y en presencia de testigos, se procedió a la requisa del rodado.

Debajo del asiento del conductor se hallaron tres gramos de tusi, dos gramos de cristales, tres gramos de picadura de marihuana y cincuenta y cinco pastillas de éxtasis.

Los detenidos son tres hombres de 24, 24 y 26 años, y una mujer de 25, todos domiciliados en la ciudad de Mar del Plata. Los cuatro quedaron a disposición de la Unidad de Flagrancia Norte, a cargo de la Dra. María Milagro Pauls. En tanto las sustancias fueron secuestradas para su análisis y las actuaciones continúan bajo la intervención judicial correspondiente.

La “Patrulla de Control de Accesos” monitorea de manera rotativa y aleatoria durante las 24 horas los puntos de ingreso y egreso a la Ciudad de Buenos Aires, entre los que se encuentran los 24 kilómetros de la avenida General Paz y los puentes que atraviesan el Riachuelo, por donde circulan diariamente millones de personas.

Esta fuerza trabaja de manera coordinada con el Sistema Integral de Seguridad Pública, que abarca el Anillo Digital, el Centro de Monitoreo Urbano y la red de cámaras de videovigilancia del distrito, y colaboró en la baja del 28 por ciento del delito de robo en territorio porteño durante los primeros 11 meses de 2025.