Personal de la Comuna que nuclea a los barrios Balvanera y San Cristóbal informaron que se los intima a realizar campaña en horario de trabajo.
Según su testimonio, los principales afectados son empleados con contrato de locación, monotributistas que le facturan a la Comuna y perciben un salario de $24 mil por una jornada laboral de ocho horas, de lunes a viernes. Sus contratos se renuevan cada año. A estas personas se les “propone” que participen de las actividades electorales y se les recuerda que trabajan allí gracias al oficialismo. Quienes están en planta permanente y transitoria también son “invitados” a participar de la campaña de la lista liderada por Horacio Rodríguez Larreta.
Aquellos que se nieguen a cumplir con el requerimiento pueden recibir distintos tipos de sanciones. En algunos casos implica percibir solo un tercio de los aumentos salariales, en otros, directamente el despido mediante la baja de contratos de locación.
Los empleados también informaron que se mueven camionetas e infraestructura de la Comuna 3 en función de la campaña electoral del partido de gobierno. “Esto sucede desde hace tiempo, nos obligan a ir de 10 a 13 hs. y de 17 a 19 hs.”, afirmó una de ellos, que prefirió mantener su identidad en reserva por temor a represalias por parte de las autoridades comunales.
Consultada por el medio Abran Paso que cubre la Comuna 3, la candidata que encabeza la lista de comuneros de Juntos por el Cambio en la Comuna 3, Silvia Collins, aseguró que desconoce estos hechos y que en las mesas del radicalismo, que se encuentran bajo su responsabilidad, “no pasa nada de eso”. La candidata y su partido no forman parte de la estructura de Gobierno, ni de la Comuna.
Los comuneros del Frente de Todos María Suárez y Gabriel Zicolillo manifestaron su preocupación porque les llegaron comentarios de vecinos que observaron a personas en las sedes comunales y luego en las mesas del Junto por el Cambio de la esquina de su casa.
Diversas leyes nacionales prohiben las acciones denunciadas por los empleados de la Comuna 3. La Ley 25.164 establece en su artículo 24 “la prohibición para los empleados y funcionarios públicos de valerse directa o indirectamente de facultades o prerrogativas inherentes a sus funciones para fines ajenos a dicha función o para realizar proselitismo o acción política”. La Ley 471 prohibe “utilizar personal, bienes o recursos del Gobierno de la Ciudad con fines particulares”. La Ley 1.225 prohibe encargar a los empleados “trabajo imposible de realizar, o tareas que estén manifiestamente por encima o por debajo de su preparación y de las exigencias del cargo que ocupe, o no asignarle tarea alguna” y amenazarlo/a repetidamente con despido infundado”.
Es fundamental que se detengan este tipo de actitudes para mejorar la calidad institucional de la Comuna y del proceso electoral. Será una tarea fundamental de la Junta Comunal que asuma en diciembre, adoptar las medidas necesarias para evitar estos hechos.