La Ciudad aprobó la emergencia económica hasta diciembre

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó este jueves la ley de emergencia económica y financiera que regirá hasta el 31 de diciembre próximo en los tres poderes constitucionales, comunas, entes autárquicos, todos los organismos, dependencias, sociedades o empresas con participación mayoritaria de la CABA.

La ley que impulsó el jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, se evaluó en la comisión legislativa de Presupuesto, que preside el diputado Claudio Romero (VJ) y hoy se debatió en sesión ordinaria y se aprobó por 38 votos positivos de Vamos Juntos, PS, Gen, CF y UCR-Evolución y 21 votos negativos del Frente de Todos y los 4 diputados de izquierdas.

La propia ley aclara taxativamente que “los ahorros o incrementos de recursos que resultaren del ejercicio de las facultades” otorgadas por la emergencia “serán destinados a reforzar prioritariamente las acciones inherentes a la emergencia sanitaria”.

A partir de su publicación en el Boletín Oficial y hasta fin de año, el Gobierno porteño y las administraciones de los poderes Legislativo y Judicial, así como la Defensoría del Pueblo, quedan facultados a hacer modificaciones presupuestarias y reasignaciones de recursos hasta un monto equivalente al 5% anualizado de cada partida.

Se revisarán compras, contratos de obras y servicios, no podrán comprometerse nuevos gastos, ni designaciones ni ampliación de estructuras ni otorgarse nuevos beneficios o suplementos remunerativos.

“Quedan expresamente excluidos todos aquellos programas creados por leyes que tengan dentro de sus objetivos el otorgamiento de beneficios sociales a través de subsidios, ayudas o transferencias de cualquier tipo, a personas humanas. Asimismo, se encuentran excluidos los programas que se desarrollen en las áreas de salud, educación y desarrollo humano”, expresa uno de los artículos de la norma.

Las demás excepciones “deberán estar enmarcadas exclusivamente en la necesidad de garantizar el funcionamiento de servicios esenciales”.

El proyecto funda sus razones en la caída de la recaudación fiscal como consecuencia del aislamiento preventivo de la pandemia que impidió muchas actividades productivas. El diputado Romero explicó que la merma recaudatoria está en el orden del 40% desde el comienzo de la emergencia.

La C.A.B.A. prevé una caída anualizada de la recaudación impositiva de unos 80 mil millones de pesos.

Ministro de Hacienda, Martín Mura

Incentivos a contribuyentes 

Se determinaron bonificaciones y descuentos para los contribuyentes, “a fin de incentivar el pago anticipado de las cuotas con vencimiento en el segundo semestre”. Estos beneficios llegarán hasta el 30% del total a tributar para ABL y Patentes.

Habrá un “reconocimiento de un crédito fiscal” para quienes opten por la modalidad de realizar el anticipo voluntaria del pago por Ingresos Brutos. “El porcentaje del crédito fiscal que se les reconocerá sobre el Anticipo Tributario Extraordinario no podrá exceder el 30% del monto que integre; el que será fijado en relación a la cantidad de anticipos y al plazo en el que se ingrese conforme lo establezca la reglamentación”, se estipuló.

El Anticipo Tributario Extraordinario junto con el crédito fiscal podrá ser utilizado a partir del 01/01/2021 para la cancelación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en las formas y condiciones que establezca la reglamentación.

A su vez, la Ciudad, “a través de los organismos competentes se abstendrá, hasta el día 30 de Junio de 2020 inclusive, de solicitar judicialmente la traba de medidas cautelares y/o ejecutorias en ejecuciones fiscales (embargos e inhibiciones generales de bienes)”. Ese plazo se podrá extender por el Poder Ejecutivo.

Santilli, Larreta y Forchieri en la Legislatura porteña. Crédito:prensa Legislatura

Principales medidas legisladas

– “Facúltase al Poder Ejecutivo a suspender y/o postergar la ejecución de programas creados por leyes específicas, debiendo reasignar y/o reorientar dichos recursos” a “las acciones inherentes a la emergencia sanitaria (…) y a dar respuesta a los efectos que la situación de emergencia económica produzca”.

– Se dispone la revisión de la totalidad de los procesos que se encuentren en trámite o en curso de ejecución referentes a compras y contrataciones de bienes, de servicios, de suministros, de obra pública, de concesiones y permisos.

– El contratista, proveedor o concesionario sólo tendrá derecho a que se le reconozcan los gastos en que fehacientemente probare haber incurrido con motivo del contrato y el reembolso se hará “una vez concluida la vigencia de la situación de emergencia Económica y Financiera”.

– Se prohíbe “el incremento de cargos en las estructuras orgánico funcionales de Autoridades Superiores y Régimen Gerencial del Poder Ejecutivo” y equivalentes en el resto de los poderes u organismos.

– No se podrán “instrumentar retribuciones extraordinarias ni beneficios, tales como bonificaciones, premios, incentivos o suplementos salariales”. (Quedan exceptuados aquellos que se otorguen en el marco de la emergencia sanitaria y respecto de personal que efectúe concretas prestaciones en la materia).

– Se crea en el ámbito de la Legislatura la Comisión Especial de Fiscalización y Seguimiento de la Emergencia Sanitaria, integrada por los presidentes de las comisiones de Salud y de Presupuesto más 9 legisladores designados por la Vicepresidencia primera de dicho cuerpo. Competerá a esa comisión “la verificación del estricto cumplimiento a lo establecido en la presente Ley y sus resultados”.

En el debate, además de Romero, defendieron el proyecto con sus argumentos los legisladorrs Sergio Abrevaya (Gen), Roy Cortina (PS), Juan Nosiglia (UCR), Lucía Romano y Juan Del Gaiso (VJ). Las críticas opositoras fueron expresadas en los discursos de María Rosa Muiños, Javier Andrade y Ceciia Segura (FdT) y legisladoeres de izquierdas.

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Apuestas ilegales: nueva modalidad a través de Whatsapp

La Fiscalía Penal Especializada en Juegos de Azar (FEJA) de la Ciudad llevó adelante una serie de operativos y allanamientos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las localidades de Chacabuco y Vicente López en la Pcia. de Buenos Aires.

El caso surgió a raíz de la denuncia de la madre de un menor que detectó movimientos extraños en la billetera virtual de su hijo y finalmente supo que esas entradas y salidas de dinero eran por apuestas deportivas que el menor hacía a través de WhatsApp.

Los allanamientos fueron solicitados por el fiscal Juan Rozas, a cargo de la FEJA,  y  permitieron recabar elementos de prueba significativos para la causa, entre ellos dispositivos electrónicos, documentación relevante y soportes digitales que dan cuenta del funcionamiento de una organización dedicada a la captación ilegal de apuestas.

Asimismo, durante los operativos se logró ubicar e identificar 3 personas que quedaron imputadas y sujetas al proceso judicial.

Uno de los aspectos más alarmantes que surgieron de la investigación fue la verificación de que existieron víctimas menores de edad que accedían a las plataformas de apuestas desde escuelas primarias y secundarias, lo que alerta sobre la gravedad del fenómeno del juego ilegal y su incidencia directa en la población infantil y adolescente.

El Ministerio Público Fiscal de la Ciudad recuerda que las plataformas de juego deben contar con autorización y control de la Lotería de la Ciudad (LOTBA S.E.), y que sólo las plataformas legales poseen mecanismos de validación de identidad que garantizan el cumplimiento de los requisitos legales, entre ellos la mayoría de edad. Solo si una plataforma termina en “.bet.ar ” es legal y segura.

Los procedimientos se realizaron con el apoyo del Cuerpo de Investigaciones Judiciales del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad y la participación de la Policía de la Ciudad.

En 2024, hubo 1 femicidio cada 39 horas

El dato surge de la undécima edición del Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina (RNFJA), que elabora la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (OM-CSJN), con datos provistos por todas las jurisdicciones del país.

De allí se desprende también que el año pasado en promedio hubo una víctima directa de femicidio cada 39 horas, y una víctima de la violencia letal de género cada 36 (incluyendo a las víctimas de femicidio vinculado), lo que arroja un promedio de más de 18 femicidios directos por mes.

Con una tasa de víctimas directas de femicidio cada 100.000 mujeres del 0,95, del estudio surge que en al menos el 86% de los casos la víctima directa de femicidio tenía vínculo previo con el sujeto activo. En efecto, en el 54% eran parejas, ex parejas o tenían otro tipo de relación sexo-afectiva; en el 16% eran familiares, y en el 16% tenían otro tipo de vínculo. Solo en el 9% de los casos eran desconocidos entre sí.

El informe agrega que al momento del hecho, al menos 96 víctimas directas de femicidio tenían a cargo a 204 niñas, niños o adolescentes (de 0 a 17 años de edad).

En al menos el 48% de los casos relevados se registraron hechos previos de violencia de género/doméstica entre la víctima y el sujeto activo de femicidio directo, mientras que al menos el 12% de los femicidas tenían antecedentes de violencia de género respecto a otras víctimas (distintas a las del femicidio).

En cuanto a la nacionalidad de los victimarios, al menos el 88% eran argentinos, mientras que al menos 11% eran de origen extranjero.

Inmediatamente después de cometer el hecho, 41 sujetos activos (17%) se suicidaron y otros 13 lo intentaron (5%); 85 (35%), en tanto, se dieron a la fuga, mientras que 76 sujetos activos (31%) buscaron ocultar su autoría.

Las víctimas directas de femicidio fueron asesinadas principalmente mediante el uso de la fuerza física (manual y con elementos) en 86 casos (36%); con armas blancas y/o elementos cortopunzantes en 67 (29%); con armas de fuego, en 46 (20%); con fuego u otros medios combustibles en 13 (6%), y en 5 (2%) el femicidio directo se cometió por intoxicación o venenos.

De los casos relevados en 2024, al menos 36 de las 228 víctimas directas estuvieron desaparecidas o extraviadas previo al hallazgo del cuerpo.

El 79% (180) de las víctimas de femicidio directo fueron atacadas en viviendas, mientras que el 9% (20) de estos hechos ocurrió en el espacio público. El 84% de los hechos sucedieron en zonas urbanas, mientras que el 14% ocurrieron en zonas rurales.

Otros datos que surgen del RNFJA 2024:

Al menos 14 víctimas directas de femicidio eran migrantes internacionales, al menos 8 eran migrantes interprovinciales y otras 3 eran migrantes intraprovinciales.

Al menos 5 víctimas directas de femicidio tenían algún tipo de discapacidad; al menos 3 se encontraban embarazadas al momento del hecho, y al menos 3 eran lesbianas/bisexuales.

Al menos 12 víctimas se encontraban en situación de prostitución y al menos 2 estaban en situación de calle.

Al menos 2 eran indígenas o descendientes de pueblos indígenas u originarios (una de la comunidad Wichí Betania y otra de la comunidad aborigen El Cóndor).

4 víctimas presentaban problemáticas de salud mental y 29 tenían consumo problemático de sustancias.

10 sujetos activos pertenecían a fuerzas de seguridad.

Junio con aumentos de nuevo ¿por qué?

Los alquileres que aún se rigen bajo la derogada Ley de Alquileres tendrán en junio del 80,6%, lo que marca una importante desaceleración desde hace ya varios meses, ya que en mayo, el alza fue de 95,24%; mientras que en abril fue de 116,85%. Saben cuanto cobra un jubilado a mayo de 2025. MIRÁ.

Así fue como se calculó en función al índice realizado por el Banco Central y que contempla la variación de la inflación (según el INDEC) y los salarios, de acuerdo con la remuneración promedio de los trabajadores estables (RIPTE).

La medicina prepaga sufrirán un aumento en las cuotas de sus afiliados que será de hasta un 2,8%, según las empresas esto es como consecuencia del aumento sostenido en los costos del sistema de salud.

El transporte también sufrirá una importante suba, ya que en el conurbano bonaerense el boleto mínimo (entre 0 y 3 kilómetros) pasará de $451,01 a $472,66; el tramo de 3 a 6 km: $526,56; el tramo de 6 a 12 kilómetros: $567,07; y los viajes de 12 a 27 km: $607,70.

Mientras que en CABA los valores serían del boleto mínimo (entre 0 y 3 kilómetros): de $397,11 a $424,91; el tramo de 3 a 6 km: $473,35; el tramo de 6 a 12 kilómetros: $509,81; y los viajes de 12 a 27 km: $546,31.

En la Ciudad de Buenos Aires, los colectivos subirán 4,8%. Las 31 líneas que circulan en el territorio porteño tendrán el siguiente cuadro tarifario:

  • Boleto mínimo de hasta 3 km: $472,27.
  • Recorrido de 3 a 6 km: $526,10.
  • Recorrido de 6 a 12 km: $566,65.
  • Recorrido de 12 a 27 km: $607,21.

Todo los aumentos de junio: a cuánto se va el transporte, colegios y las prepagas

Otros aumentos en el mes de junio

Por otro lado, los Subtes sufrirán una suba en el precio de su boleto que pasará de $919 a $963 desde el 1 de junio, mientras que los peajes en la Ciudad sufrirán un alza de 4,8%.

Además, las boletas de AySA recibirán un aumento del 1% en el sexto mes del año, que golpeará de lleno a los usuarios del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), haciendo que las tarifas de agua cloaca cuesten unos $23.428.

Finalmente, los colegios privados con subvención estatal recibirán hasta un 6,5% de aumento en tanto CABA, como también en las provincia de Buenos Aires.

En CABA, el nuevo boleto mínimo para recorridos de hasta 3 kilómetros pasó a costar $472,27. Las tarifas para tramos más largos son: de 3 a 6 km, $526,10; de 6 a 12 km, $566,65; y de 12 a 27 km, $607,21. Estas tarifas se aplican a las 31 líneas que operan exclusivamente dentro de la ciudad.

Las líneas de colectivo que circulan exclusivamente por la capital porteña son: 4, 6, 7, 12, 23, 25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 90, 99, 102, 106, 107, 108, 109, 115, 118, 132 y 151.

El boleto de colectivo en la provincia de Buenos Aires

En la provincia de Buenos Aires, por su parte, el boleto mínimo para trayectos de hasta 3 km aumentó a $472,66. Los tramos siguientes quedaron en: $526,56 (hasta 6 km), $567,07 (hasta 12 km), y $607,70 (hasta 27 km). Este ajuste abarca aproximadamente 250 líneas provinciales y municipales.

Las 103 líneas de colectivo que están bajo la coordinación del Ministerio de Transporte nacional, no modificarán sus tarifas el 1 de junio. Aunque el 18 de ese mes entrará en vigencia un nuevo cuadro tarifario que dejará el boleto mínimo en $424,91.

Las líneas nacionales son: 1, 2, 8, 9, 10, 15, 17, 19, 20, 21, 22, 24, 28, 29, 31, 32, 33, 37, 41, 45, 46, 49, 51, 53, 55, 56, 57, 59, 60, 63, 67, 70, 71, 74, 75, 78, 79, 80, 85, 86, 87, 88, 91, 92, 93, 95, 96, 97, 98, 100, 101, 103, 105, 110, 111, 113, 114, 117, 119, 123, 124, 126, 127, 128, 129, 130, 133, 134, 135, 136, 140, 143, 145, 146, 148, 150, 152, 153, 154, 158, 159, 160, 161, 163, 164, 166, 168, 169, 172, 174, 176, 177, 178, 179, 180, 181, 182, 184, 185, 188, 193, 194 y 195.