Beneficios impositivos a viviendas en alquiler

Las viviendas que se ofrezcan en alquiler en la Ciudad de Buenos Aires, para uso residencial de las personas, quedarán exentas del pago de la tasa de ABL y del impuesto Inmobiliario durante tres años o la duración del contrato de arriendo (lo primero que ocurra), según dispuso una ley sancionada este jueves en la Legislatura.

La promoción se refiere a los inmuebles que tengan un valor fiscal de hasta 10 millones de pesos y a cánones mensuales de locación inferiores a 220 mil pesos mensuales. Quedan excluidos de estos incentivos las casas o departamentos amueblados que se alquilen a turistas.

La ley surgió de un proyecto de la legisladora Paola Michielotto (VJ) y otros diputados de su bloque y de la UCR. El beneficio es para los contratos de alquiler que se suscriban hasta el 31 de diciembre de 2023 y la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos determinará los requisitos de inscripción.

Mediante otra ley, también se estableció la eximición del pago de impuestos a los Ingresos Brutos al propietario que alquile viviendas, hasta un máximo de tres unidades habitacionales y por un monto no superior a los 220 mil pesos mensuales cada una.

Por otra parte, se aprobó la eximición del pago del 80% del derecho para Desarrollo Urbano y Hábitat Sustentable que apliquen sobre las obras o proyectos inmobiliarios destinados a vivienda individual o colectiva en las comunas 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10. Se pagará solo el 20% de los metros cuadrados declarados, después de haberse obtenido el permiso de obra.

Sistema de Co-vivienda

Se sancionó el denominado Régimen de Co-vivienda destinado a personas que están en situación de vulnerabilidad y afectadas por el déficit habitacional. Se trató de una iniciativa de la legisladora Cecilia Ferrero (VJ) y otros del mismo bloque, analizada en las comisiones de Presupuesto y de Vivienda.

El sistema consiste en que organizaciones sociales como cooperativas, mutuales, fundaciones, fideicomisos y otras asociaciones sin fines de lucro puedan presentar proyectos de Co-vivienda ante el Instituto de la Vivienda, que será la autoridad de aplicación, en representación de sus socios o adherentes que deben ser personas de bajos recursos que no posean inmuebles propios.

Las entidades civiles que se presenten a concurso podrán celebrar con el IV actos jurídicos para hacerse cargo de edificaciones, refacciones de edificios, su administración y funcionamiento. Se tratará de terrenos en desuso, obras en curso o interrumpidas o edificios ya concluidos.

Se podrán utilizar para este régimen los inmuebles de dominio privado de CABA y el IV y los de dominio privados de otros propietarios estatales, no estatales y personas jurídicas sin fines de lucro.

La co-vivienda podrá aplicarse a edificios, unidades habitacionales o partes comunes. Los usuarios o moradores tendrán el derecho de propiedad horizontal o de uso y posesión conjunta de unidades o partes comunes. Como compensación, contribuirán con trabajo, dinero o ambas cosas a la organización civil de la que forman parte.


Normativa para residencias de personas mayores
Las disposiciones legales sobre el funcionamiento de institutos destinados al alojamiento de personas mayores fueron actualizadas y adecuadas a las recomendaciones de buenas prácticas de organismos como la Organización Mundial de la Salud. Este jueves se sancionó la ley respectiva en la Legislatura porteña, por iniciativa de la diputada Ana María Bou Pérez (VJ), tratada en la comisión de Salud.
Se catalogan: residencias para mayores autoválidos; hogar de día para mayores autoválidos; residencias para mayores con dependencias; residencia para mayores con psiquiatría; hogar de día para mayores con psiquiatría; residencia para mayores con padecimientos crónicos y casas de residencia.
Estos institutos deberán tener un director técnico, administrativo e institucional, al cual se le exige capacitación anual. Deberán tener, además, médico geriatra, psiquiatra, psicólogo, licenciados en terapias ocupacionales, recreativas, kinesiología, nutricionista, enfermero profesional, asistente de enfermería, asistente gerontológico y mucamo.
El nuevo régimen legal determina pautas sobre exámenes y controles de los mayores internados o residentes, evaluaciones multidimensionales, legajos, historias clínicas y las formas de inspección y control por parte del Estado de la Ciudad de Buenos Aires. La ley determina que los geriátricos y hogares de día deberán tener capacidad para al menos 6 personas, mientras que las Casas de Residencia, un máximo de 5 mayores convivientes.

Nueva eximición de un gravamen
Por otra parte, a iniciativa de la Jefatura de Gobierno, se aprobó “dejar sin efecto el Impuesto de Sellos (…) respecto de las liquidaciones o resúmenes periódicos que las entidades emisoras de tarjetas de crédito o compra hubieran generado desde el día 22 de diciembre de 2022 hasta el día 9 de marzo de 2023”. (Desde esa fecha en adelante, dicho impuesto ya quedó exento por una ley anterior).

Simplificación de trámites
Por iniciativa de la Jefatura de Gobierno y con el previo tratamiento en comisiones legislativas, los diputados porteños sancionaron nuevas disposiciones destinadas a simplificar trámites y reducir la carga o el pago de varias gestiones administrativas.
Por ejemplo, se fijo “sin cargo” la habilitación de locales comerciales, los exámenes y carnés de los cursos sobre manipulación de alimentos, 13 trámites referidos a taxis, remises y transportes escolares y otra variada cantidad de disposiciones inherentes al registro civil, los cementerios de la Ciudad, la protección ambiental, obras y gestión urbana.

Nomenclatura de espacios públicos
Luego de haber pasado por Audiencia Pública, quedó definida la denominación de una nueva calle y las nuevas nominaciones de tres estaciones de subterráneos.
Se impuso la denominación Graciela González Gass (en homenaje a la ex legisladora local y diputada nacional del radicalismo) a la continuación de la calle Moreno, entre Alicia Moreau de Justo y Av Ing. Huergo.
La estación Echeverría de la línea B de subtes pasará a llamarse Echeverría – Mártires Palotinos, en recordación de los tres sacerdotes y dos seminaristas asesinados en la última dictadura militar.
La estación Hospitales de la línea H pasará a llamarse Ringo Bonavena – Hospitales, para conmemorar al popular boxeador que vivía en el barrio Parque de los Patricios.
La estación Independencia de la línea E se nominará Independencia – beata Mama Antula para honrar a la religiosa que fundó a fines del siglo XVIII la casa de ejercicios espirituales que aún existe cerca de esa parada de subtes.

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Apuestas ilegales: nueva modalidad a través de Whatsapp

La Fiscalía Penal Especializada en Juegos de Azar (FEJA) de la Ciudad llevó adelante una serie de operativos y allanamientos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en las localidades de Chacabuco y Vicente López en la Pcia. de Buenos Aires.

El caso surgió a raíz de la denuncia de la madre de un menor que detectó movimientos extraños en la billetera virtual de su hijo y finalmente supo que esas entradas y salidas de dinero eran por apuestas deportivas que el menor hacía a través de WhatsApp.

Los allanamientos fueron solicitados por el fiscal Juan Rozas, a cargo de la FEJA,  y  permitieron recabar elementos de prueba significativos para la causa, entre ellos dispositivos electrónicos, documentación relevante y soportes digitales que dan cuenta del funcionamiento de una organización dedicada a la captación ilegal de apuestas.

Asimismo, durante los operativos se logró ubicar e identificar 3 personas que quedaron imputadas y sujetas al proceso judicial.

Uno de los aspectos más alarmantes que surgieron de la investigación fue la verificación de que existieron víctimas menores de edad que accedían a las plataformas de apuestas desde escuelas primarias y secundarias, lo que alerta sobre la gravedad del fenómeno del juego ilegal y su incidencia directa en la población infantil y adolescente.

El Ministerio Público Fiscal de la Ciudad recuerda que las plataformas de juego deben contar con autorización y control de la Lotería de la Ciudad (LOTBA S.E.), y que sólo las plataformas legales poseen mecanismos de validación de identidad que garantizan el cumplimiento de los requisitos legales, entre ellos la mayoría de edad. Solo si una plataforma termina en “.bet.ar ” es legal y segura.

Los procedimientos se realizaron con el apoyo del Cuerpo de Investigaciones Judiciales del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad y la participación de la Policía de la Ciudad.

En 2024, hubo 1 femicidio cada 39 horas

El dato surge de la undécima edición del Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina (RNFJA), que elabora la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (OM-CSJN), con datos provistos por todas las jurisdicciones del país.

De allí se desprende también que el año pasado en promedio hubo una víctima directa de femicidio cada 39 horas, y una víctima de la violencia letal de género cada 36 (incluyendo a las víctimas de femicidio vinculado), lo que arroja un promedio de más de 18 femicidios directos por mes.

Con una tasa de víctimas directas de femicidio cada 100.000 mujeres del 0,95, del estudio surge que en al menos el 86% de los casos la víctima directa de femicidio tenía vínculo previo con el sujeto activo. En efecto, en el 54% eran parejas, ex parejas o tenían otro tipo de relación sexo-afectiva; en el 16% eran familiares, y en el 16% tenían otro tipo de vínculo. Solo en el 9% de los casos eran desconocidos entre sí.

El informe agrega que al momento del hecho, al menos 96 víctimas directas de femicidio tenían a cargo a 204 niñas, niños o adolescentes (de 0 a 17 años de edad).

En al menos el 48% de los casos relevados se registraron hechos previos de violencia de género/doméstica entre la víctima y el sujeto activo de femicidio directo, mientras que al menos el 12% de los femicidas tenían antecedentes de violencia de género respecto a otras víctimas (distintas a las del femicidio).

En cuanto a la nacionalidad de los victimarios, al menos el 88% eran argentinos, mientras que al menos 11% eran de origen extranjero.

Inmediatamente después de cometer el hecho, 41 sujetos activos (17%) se suicidaron y otros 13 lo intentaron (5%); 85 (35%), en tanto, se dieron a la fuga, mientras que 76 sujetos activos (31%) buscaron ocultar su autoría.

Las víctimas directas de femicidio fueron asesinadas principalmente mediante el uso de la fuerza física (manual y con elementos) en 86 casos (36%); con armas blancas y/o elementos cortopunzantes en 67 (29%); con armas de fuego, en 46 (20%); con fuego u otros medios combustibles en 13 (6%), y en 5 (2%) el femicidio directo se cometió por intoxicación o venenos.

De los casos relevados en 2024, al menos 36 de las 228 víctimas directas estuvieron desaparecidas o extraviadas previo al hallazgo del cuerpo.

El 79% (180) de las víctimas de femicidio directo fueron atacadas en viviendas, mientras que el 9% (20) de estos hechos ocurrió en el espacio público. El 84% de los hechos sucedieron en zonas urbanas, mientras que el 14% ocurrieron en zonas rurales.

Otros datos que surgen del RNFJA 2024:

Al menos 14 víctimas directas de femicidio eran migrantes internacionales, al menos 8 eran migrantes interprovinciales y otras 3 eran migrantes intraprovinciales.

Al menos 5 víctimas directas de femicidio tenían algún tipo de discapacidad; al menos 3 se encontraban embarazadas al momento del hecho, y al menos 3 eran lesbianas/bisexuales.

Al menos 12 víctimas se encontraban en situación de prostitución y al menos 2 estaban en situación de calle.

Al menos 2 eran indígenas o descendientes de pueblos indígenas u originarios (una de la comunidad Wichí Betania y otra de la comunidad aborigen El Cóndor).

4 víctimas presentaban problemáticas de salud mental y 29 tenían consumo problemático de sustancias.

10 sujetos activos pertenecían a fuerzas de seguridad.

Junio con aumentos de nuevo ¿por qué?

Los alquileres que aún se rigen bajo la derogada Ley de Alquileres tendrán en junio del 80,6%, lo que marca una importante desaceleración desde hace ya varios meses, ya que en mayo, el alza fue de 95,24%; mientras que en abril fue de 116,85%. Saben cuanto cobra un jubilado a mayo de 2025. MIRÁ.

Así fue como se calculó en función al índice realizado por el Banco Central y que contempla la variación de la inflación (según el INDEC) y los salarios, de acuerdo con la remuneración promedio de los trabajadores estables (RIPTE).

La medicina prepaga sufrirán un aumento en las cuotas de sus afiliados que será de hasta un 2,8%, según las empresas esto es como consecuencia del aumento sostenido en los costos del sistema de salud.

El transporte también sufrirá una importante suba, ya que en el conurbano bonaerense el boleto mínimo (entre 0 y 3 kilómetros) pasará de $451,01 a $472,66; el tramo de 3 a 6 km: $526,56; el tramo de 6 a 12 kilómetros: $567,07; y los viajes de 12 a 27 km: $607,70.

Mientras que en CABA los valores serían del boleto mínimo (entre 0 y 3 kilómetros): de $397,11 a $424,91; el tramo de 3 a 6 km: $473,35; el tramo de 6 a 12 kilómetros: $509,81; y los viajes de 12 a 27 km: $546,31.

En la Ciudad de Buenos Aires, los colectivos subirán 4,8%. Las 31 líneas que circulan en el territorio porteño tendrán el siguiente cuadro tarifario:

  • Boleto mínimo de hasta 3 km: $472,27.
  • Recorrido de 3 a 6 km: $526,10.
  • Recorrido de 6 a 12 km: $566,65.
  • Recorrido de 12 a 27 km: $607,21.

Todo los aumentos de junio: a cuánto se va el transporte, colegios y las prepagas

Otros aumentos en el mes de junio

Por otro lado, los Subtes sufrirán una suba en el precio de su boleto que pasará de $919 a $963 desde el 1 de junio, mientras que los peajes en la Ciudad sufrirán un alza de 4,8%.

Además, las boletas de AySA recibirán un aumento del 1% en el sexto mes del año, que golpeará de lleno a los usuarios del Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), haciendo que las tarifas de agua cloaca cuesten unos $23.428.

Finalmente, los colegios privados con subvención estatal recibirán hasta un 6,5% de aumento en tanto CABA, como también en las provincia de Buenos Aires.

En CABA, el nuevo boleto mínimo para recorridos de hasta 3 kilómetros pasó a costar $472,27. Las tarifas para tramos más largos son: de 3 a 6 km, $526,10; de 6 a 12 km, $566,65; y de 12 a 27 km, $607,21. Estas tarifas se aplican a las 31 líneas que operan exclusivamente dentro de la ciudad.

Las líneas de colectivo que circulan exclusivamente por la capital porteña son: 4, 6, 7, 12, 23, 25, 26, 34, 39, 42, 44, 47, 50, 61, 62, 64, 65, 68, 76, 84, 90, 99, 102, 106, 107, 108, 109, 115, 118, 132 y 151.

El boleto de colectivo en la provincia de Buenos Aires

En la provincia de Buenos Aires, por su parte, el boleto mínimo para trayectos de hasta 3 km aumentó a $472,66. Los tramos siguientes quedaron en: $526,56 (hasta 6 km), $567,07 (hasta 12 km), y $607,70 (hasta 27 km). Este ajuste abarca aproximadamente 250 líneas provinciales y municipales.

Las 103 líneas de colectivo que están bajo la coordinación del Ministerio de Transporte nacional, no modificarán sus tarifas el 1 de junio. Aunque el 18 de ese mes entrará en vigencia un nuevo cuadro tarifario que dejará el boleto mínimo en $424,91.

Las líneas nacionales son: 1, 2, 8, 9, 10, 15, 17, 19, 20, 21, 22, 24, 28, 29, 31, 32, 33, 37, 41, 45, 46, 49, 51, 53, 55, 56, 57, 59, 60, 63, 67, 70, 71, 74, 75, 78, 79, 80, 85, 86, 87, 88, 91, 92, 93, 95, 96, 97, 98, 100, 101, 103, 105, 110, 111, 113, 114, 117, 119, 123, 124, 126, 127, 128, 129, 130, 133, 134, 135, 136, 140, 143, 145, 146, 148, 150, 152, 153, 154, 158, 159, 160, 161, 163, 164, 166, 168, 169, 172, 174, 176, 177, 178, 179, 180, 181, 182, 184, 185, 188, 193, 194 y 195.