Alquileres por las nubes

 Este mes vencen 11.000 contratos en CABA y se estima que sólo el 50% se extenderán. 

Los alquileres en la Ciudad de Buenos Aires registraron nuevos aumentos. En el segundo trimestre del año se evidenciaron incrementos de hasta un 141,1 por ciento, mientras cayó un 48,6 por ciento la publicación de ofertas, según informó un estudio de la Dirección General de Estadística y Censos porteña (Dgeyc). Calculadora

El barrio de Palermo registró los precios más elevados de alquiler de departamentos usados, con valores de $114.015 para los monoambientes, $173.594 para los de dos ambientes y $246.575 para los de tres.

Además, en el período abril-junio, el precio publicado del metro cuadrado en alquiler de departamentos usados tuvo un aumento interanual promedio de 141,1% para los monoambientes, 134,6% para los departamentos de dos ambientes y 126,2% para las unidades de tres ambientes, con valuaciones promedio de $98.721, $130.826 y $189.453, respectivamente.

En ese contexto, crecen contratos informales por fuera de la ley con plazos de uno o dos años y prórrogas, bajo los cuales los propietarios ponen condiciones con aumentos que en algunos casos superan el 180% interanual, muy por encima del Índice de Contratos de Locación (ICL) que marcó casi un 110% para agosto de ajuste para los acuerdos que se hacen por ley y por tres años de duración.

Datos a tener en cuenta para alquilar

Contrato de alquiler

El contrato de alquiler debe ser hecho por escrito.

En el contrato el locador es la persona que entrega el inmueble en alquiler al locatario, que en este texto llamamos inquilino.

Pago

Las partes pueden pactar libremente cada cuanto tiempo el inquilino debe pagar el alquiler. Nunca se puede pactar que el inquilino pague períodos menores a un mes.

Las partes pueden fijar el precio del alquiler en pesos o en una moneda extranjera. El inquilino no puede exigirle al locador que acepte un pago hecho en una moneda distinta a la establecida en el contrato.

El inquilino debe pagar el precio del alquiler y toda otra prestación de pago periódico que haya asumido en el contrato.

Plazos

Las partes pueden fijar el plazo de duración del contrato.

Tené en cuenta que:

  • Si alquilás una vivienda, el plazo máximo de contrato es de 20 años.
  • Si alquilás un inmueble para cualquier otra finalidad, el plazo máximo es de 50 años.
  • Todos los contratos se pueden renovar por un plazo que no sea mayor a esos plazos máximos contados desde el inicio del contrato.
  • Si no establecieron un plazo y alquilás el inmueble para tu vivienda permanente, se entiende que el contrato dura 2 años.
  • Si no establecieron plazo y alquilás un inmueble para cualquier otra finalidad que no sea vivienda, se entiende que el contrato dura 3 años.
  • Si es un contrato de alquiler temporal y no se fijó un plazo de duración, se aplican los usos y costumbres del lugar.

Depósito en garantía

El depósito en garantía es una suma de dinero que te pide la persona que te alquila para asegurarse de que vas a cumplir con el contrato. Por ejemplo, que vas a devolver la propiedad en el mismo estado en el que la recibiste.

Las partes pueden establecer libremente el monto y la moneda que se entregará como garantía.

También pueden pactar libremente la forma en que el locador deberá devolver la garantía al finalizar el contrato.

Expensas

El inquilino tiene a su cargo el pago de las cargas y contribuciones que se originan con el uso del inmueble. No tiene a su cargo el pago de las que gravan la cosa ni las expensas comunes extraordinarias.

Sólo puede establecerse que estén a cargo del inquilino las expensas por gastos habituales, es decir, los gastos que tienen que ver con los servicios normales y permanentes.

Gastos de reparación

El locador es responsable de conservar el inmueble. Debe hacerse cargo de reparar el deterioro del inmueble originado por cualquier causa que no sea imputable al inquilino.

Si el locador guarda silencio o se niega a realizar una reparación urgente, el inquilino lo puede hacer por su cuenta y el locador debe pagarlas. Esto se aplica si pasan 24 horas corridas desde que el locador quedó notificado de la necesidad de hacer la reparación.

Si las reparaciones no son urgentes, el inquilino debe intimar al locador para que las realice en un plazo de 10 días corridos. Si no las hace, el inquilino puede hacerlas por su cuenta y el locador debe pagarlas.

Si no se puede usar el inmueble, se puede pedir la rescisión del contrato. También se puede dejar de pagar el alquiler por el tiempo que no pueda usarse el inmueble.


Mejoras

El inquilino puede hacer mejoras en el inmueble siempre que el contrato no las prohíba expresamente.

El locador está obligado a pagar las mejoras si son mejoras hechas para mantener el inmueble.

El dueño no está obligado a pagar las mejores si no son necesarias y fueron hechas por el inquilino por una cuestión de comodidad o de lujo.

Finalización del contrato

El contrato termina cuando vence el plazo convenido por las partes o cuando alguna de las partes decide no continuar con el contrato.

El locador puede decidir que el contrato termine:

  • Si el inquilino modificó el destino para el que alquiló el inmueble o le dio un uso irregular.
  • Si el inquilino abandona el inmueble o no lo conserva de manera adecuada.
  • Si durante 2 períodos el inquilino no paga el alquiler.
  • Por cualquier otra causa que se haya establecido en el contrato.

El inquilino puede decidir la finalización del contrato:

  • Si el locador no cumple su obligación de conservar la cosa para que pueda ser usada de acuerdo con el contrato, salvo que el daño haya sido causado directa o indirectamente por el inquilino;
  • Por vicios de la cosa.
  • En cualquier momento y sin necesidad de expresar una causa o motivo. En este caso, debe pagarle al locador el equivalente al 10 % del precio del tiempo restante de alquiler. Este monto se calcula desde la fecha en que el inquilino notifica su decisión al locador y hasta la fecha pactada en el contrato para su finalización.

Intimación de pago y desalojo

Intimación de pago

Antes de iniciar el desalojo por falta de pago de alquileres, el locador debe intimar al inquilino para que pague la deuda en un plazo mínimo de 10 días y debe indicar el lugar de pago.

La intimación se hace en el domicilio indicado por el inquilino en el contrato. La notificación en ese domicilio se tiene por válida, aunque el inquilino se niegue a recibirla.

Desalojo

El inquilino debe devolver el inmueble si se cumplió el plazo de intimación para el pago o si finalizó el contrato de locación por cualquier motivo.
Si no devuelve el inmueble, el locador puede iniciar la acción judicial de desalojo.

En ningún caso el locador puede negarse a recibir las llaves del inmueble o condicionar la entrega de las llaves.
Pero si de todas formas se negara a recibir las llaves, el inquilino puede consignarlas judicialmente, es decir, entregárselas al juez. Los gastos y costas de esta acción judicial están a cargo del locador.

Si se consignan las llaves dentro de los 10 días hábiles siguientes a que se notificó al locador, no se debe pagar el alquiler correspondiente a esos días.

Ajustes

Las partes pueden pactar el ajuste del precio de los alquileres.

Para hacer el ajuste pueden elegir cualquier índice de actualización, público o privado. El índice debe corresponder a la moneda de pago pactada.

Si durante la vigencia del contrato se deja de publicar el índice elegido, las partes pueden usar un índice oficial de características similares que publique el Instituto Nacional de Estadística y Censos si el precio fue fijado en moneda nacional, o el índice que cumpla las mismas funciones en el país que emita la moneda de pago pactada.

Registro del contrato en AFIP – Exención de impuestos

Los contratos de locación de inmueble deben ser declarados por el locador en la AFIP, dentro del plazo y con los requisitos dispuestos por la AFIP. Ingresá aquí para conocer todo sobre el registro de los contratos de locación.

Si el locador no registra el contrato se le pueden aplicar las multas previstas en la ley 11.683.

Los ingresos provenientes exclusivamente de la locación de hasta 2 inmuebles estarán exentos del pago del Monotributo.

Bienes personales

Los inmuebles destinados a locación para casa-habitación, con contratos debidamente registrados, están exentos del impuesto sobre los bienes personales cuando el valor de cada uno de ellos sea igual o inferior al monto establecido como mínimo exento de ese impuesto.

Créditos y débitos bancarios

Los créditos y débitos en caja de ahorro o cuentas corrientes bancarias utilizadas en forma exclusiva para la locación de inmuebles con destino casa-habitación, con contratos debidamente registrados, están exentos del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios.

Impuesto a las ganancias

Las dos partes del contrato puede deducir del impuesto a las ganancias el 10% del monto total anual de alquileres de inmuebles destinado a casa-habitación.

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Prisión preventiva a integrantes de una Red Transnacional de abuso sexual infantil 

Así lo resolvió la titular del Juzgado Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas N° 2, Dra. Barbara Moramarco Terrarosa, en virtud de la evidencia recolectada y la posibilidad de que los investigados entorpezcan la investigación o bien se den a la fuga

La jueza porteña deicidio que los 3 imputados que formaban parte de la Red transnacional de abuso infantil que operaba a través de mensajería cifrada, permanezcan detenidos hasta tanto se lleve a cabo el juicio oral y público en su contra.

A partir de la medida dispuesta por Moramarco Terrarosa, el pasado 16 de diciembre de 2025, en el marco de una investigación coordinada por la Unidad Fiscal Especializada en Delitos Informáticos (UFEDyCI), a cargo de la fiscal Daniela Dupuy, se realizaron nueve (9) allanamientos simultáneos en domicilios ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en distintas localidades del Conurbano bonaerense.

La organización operaba a través de la plataforma Signal a través de la cual distribuía imágenes y videos en los que se observa a niñas y niños de muy corta edad, incluso bebés, siendo sometidos a abusos sexuales por parte de adultos.

¿cómo fue la “Operación Dori”?

El procedimiento se desarrolló en el contexto de la denominada “Operación Dori”, una investigación de alcance transnacional que tuvo su origen en tareas realizadas por el Grupo 3° de Protección al Menor de la Unidad Central de Ciberdelincuencia de la Policía Nacional de España. En ese marco, se detectaron múltiples grupos de la aplicación de mensajería Signal —similar a WhatsApp o Telegram— integrados por usuarios de distintos países, dedicados al intercambio y comercialización de material de abuso sexual infantil.

La justicia argentina, trabaja desde mediados de 2025 en conjunto con la oficina de enlace de España en el AC3 de Ameripol Buenos Aires que dio intervención a la UFEDyCI, para que inicie la investigación de los objetivos locales.

En tres de los domicilios allanados, y con expresa autorización judicial, se realizó un análisis preliminar de los dispositivos electrónicos hallados en el lugar, en el que se encontró una gran cantidad de imágenes y videos de abuso sexual infantil.

La jueza interviniente resolvió en la audiencia posterior a las detenciones, y tras valorar la gravedad de los hechos, la evidencia recolectada y el riesgo de entorpecimiento de la investigación o de fuga, que los tres imputados permanezcan detenidos hasta la realización del juicio oral.

Jorge Macri preocupado por la investigación de sus departamentos en Miami

La denuncia que se presentó en la justcia de San Isidro ya llego a la Corte Suprema y está investigando el dinero utilizado para la compra de un departamento en Miami del Jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri.

Es noticia esta semana de fin de año porque la Corte Suprema debe sortear otros integrantes para definir si se reabre una causa por lavado de dinero que involucra al jefe de Gobierno porteño Jorge Macri.

Los conjueces son otros jueces que integran el Poder Judicial que son designados por sorteo para intervenir en causas puntuales como por ejemplo esta causa por lavado de dinero del ex intendente de Vicente López.

La investigación comenzó en 2016 por una decisión de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (Procelac) que buscaba investigar “la hipotética canalización de fondos provenientes de actividades delictivas a través de la adquisición del Inmueble” en Miami, por 402.963,62 dólares, que sucedió en abril de 2011 por parte de una sociedad, “IconUnit 1704”, constituida un mes antes por Jorge Macri -por entonces legislador bonaerense- y su entonces esposa, con un capital inicial de 10.000 dólares.

Según aquella denuncia, el dinero para esa compra provenía de dos préstamos: uno del banco “Bac Florida Bank” por 219 mil dólares y otro de una sociedad uruguaya, Fawsley SA”, por 184 mil dólares, que fue cedida luego a otra firma constituida en Panamá, ‘Cometas Company Inc.’, y adquirida por una hermana de Jorge Macri.

Para los fiscales, según un comunicado de la Procuración “ese último préstamo ‘no existió y se trató de un acto simulado, lo que generaba serias sospechas sobre el efectivo origen y procedencia del dinero’”.

La jueza de San Isidro Sandra Arroyo Salgado dispuso el sobreseimiento de Jorge Macri y su entonces esposa. La Cámara Federal de San Martin confirmó la decisión en diciembre de 2019. La Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, por mayoría, declaró inadmisible el recurso de la fiscalía. Es así que el caso llegó a la Corte Suprema.

Este 2026, el presidente de la Cámara Federal de Córdoba, Abel Sánchez Torres y el presidente de la Cámara Federal de Bahía Blanca, Pablo Candisano Mera- tendrán que votar ahora junto a jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Eso ocurrió porque Rosatti, Rosenkrantz y Lorenzetti no lograron ponerse de acuerdo sobre la decisión, y, como hay dos vacantes en la Corte, no se conseguía la mayoría de tres votos necesarios para tomar una definición.

La defensa de Jorge Macri

Desde el entorno del jefe de gobierno porteño, señalaron que para la propia Justicia consideró que el tema “está agotado”. “Que se haya dictado sobreseimiento en tres oportunidades quiere decir que los recursos presentados por la Fiscalía no lograron aportar nuevas pruebas y ya no debería continuar el proceso”, indicaron.

“La defensa de Jorge Macri pudo demostrar que el dinero provenía de dos préstamos: un préstamo hipotecario del BAC Florida Bank por 219.000 dólares y otro de una sociedad uruguaya por un monto de 184.000 dólares. De esta manera, el Juzgado Federal de San Isidro concluyó, en mayo de 2019, que los hechos no revestían relevancia penal y dictó el sobreseimiento”, remarcaron.

Sin embargo, la sentencia fue apelada por el Ministerio Público Fiscal (MPF), al cuestionar el origen de los 184.000 dólares que fueron prestados por la sociedad uruguaya.

“La Cámara Federal de San Martín tomó el caso y confirmó el sobreseimiento en diciembre de 2019, aclarando que Macri había exteriorizado los fondos a través de la Ley 27.260 (Sinceramiento Fiscal) y que sus declaraciones juradas ante AFIP demostraban capacidad económica compatible con ese préstamo”, señalaron en el entorno del actual alcalde porteño.

Recordaron que el MPF interpuso un recurso de Casación, alegando que la confirmación del sobreseimiento era prematura. “Esta nueva presentación fue rechazada en diciembre de 2021, cuando la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP) declaró que el recurso de casación presentado por el MPF resultaba inadmisible”, explicaron.

Fuente: Clarín y CSJN

Operación Freezer: heladeras comerciales robadas se vendían por redes sociales

La investigación realizada por personal de la Policía de la Ciudad permitió establecer el modus operandi, consistente en captar equipos entregados en comodato, acumularlos en depósitos y ofrecerlos a la venta en redes sociales mediante un perfil apócrifo.

La Policía de la Ciudad realizó cuatro allanamientos y recuperó 58 heladeras exhibidoras pertenecientes a una empresa cervecera que estaban siendo comercializadas ilegalmente a través de redes sociales.

Efectivos de la División Defraudaciones y Estafas realizaron una serie de cuatro allanamientos en forma simultánea, en el marco de una investigación por apropiación de bienes en comodato que eran ofrecidos a la venta mediante un perfil falso en redes sociales.

Durante los procedimientos, los efectivos policiales ingresaron a cuatro inmuebles ubicados sobre la calle Tinogasta al 5000, en el barrio de Villa Devoto, que eran utilizados como depósito y taller, donde se hallaron 58 heladeras exhibidoras con ploteos de distintas marcas de la empresa Maltería Quilmes.

Los equipos, cuya venta está prohibida, dado que habían sido entregados en comodato a comerciantes, fueron verificados “in situ” por personal técnico de la firma.

En el lugar se identificó y notificó a cuatro personas, entre ellas al responsable del depósito y técnicos y una administrativa,  por su presunta participación en la comercialización irregular de las heladeras.

La causa se inició tras la denuncia realizada por la empresa cervecera, que detectó la aparición de heladeras ploteadas en plataformas de compraventa.

Con la información aportada, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 37, a cargo de la Dra. Fabiana Galletti, Secretaría Nº 129 del Dr. Luis Álvarez, ordenó los allanamientos y avaló el secuestro de los elementos recuperados.

Aysa
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