Hasta el 30 de abril, los hoteles, bares, heladerías y restaurantes de la Ciudad pueden solicitar la exención del pago del Impuesto Inmobiliario/ABL. A partir de que ya superó los 4.200 beneficiarios, AGIP extendió el plazo para acceder a este beneficio.
En un contexto de retracción de la actividad, la medida tiene como objetivo acompañar al sector gastronómico y hotelero para contribuir a su reactivación y desarrollo. De esta manera, se consolida el trabajo de Ciudad para impulsar la producción y el empleo.
Cómo acceder al beneficio
Los contribuyentes alcanzados deberán solicitar el reconocimiento de la exención a través de Trámites a Distancia (TAD) del Sistema Administrativo de Documentos Electrónicos (SADE), hasta el 30 de abril de 2026.
La solicitud deberá contener la siguiente información:
· Número de partida inmobiliaria.
· Domicilio de explotación inscripto en el Registro de Domicilio de Explotación (RDE).
· Fecha de inicio y finalización del contrato de locación o comodato, en caso de corresponder.
· Nombre y apellido o razón social del locatario o comodatario, según corresponda.
· CUIT del locatario o comodatario, de corresponder.
· Actividad declarada en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, conforme al Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES), desarrollada en el inmueble objeto del beneficio.




La medida rige para el período comprendido entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2026. A los contribuyentes que soliciten la exención y hayan pagado las cuotas 1, 2 y/o 3, se les descontará el monto abonado de las cuotas restantes del 2026. Por su parte, quienes abonaron de manera anticipada el pago anual recibirán un crédito fiscal equivalente a la mitad del total abonado, que se imputará automáticamente en cuotas del 2027.
a solicitud deberá contener la siguiente información:
· Número de partida inmobiliaria.
· Domicilio de explotación inscripto en el Registro de Domicilio de Explotación (RDE).
Fecha de inicio y finalización del contrato de locación o comodato, en caso de corresponder.
· Nombre y apellido o razón social del locatario o comodatario, según corresponda






