¿Por qué los colectivos urbanos no tienen cinturón de seguridad?

Los pasajeros que viajan a diario en colectivos tienen un problema de seguridad grave, no es obligatorio el uso de cinturón de seguridad. Esta semana, La Corte Suprema confirmó que su uso es obligatorio para conductores en una causa iniciada hace 10 años por un conductor “libertario”.

El caso del cinturón de seguridad que llegó a la Corte Suprema y donde se pronunció el máximo tribunal ocurrió en noviembre de 2014, cuando Diego Sebastián Garay fue detenido en un control de tránsito mientras circulaba en automóvil por la intersección de Acceso Norte y Reconquista, en el departamento de Las Heras, provincia de Mendoza. Como no llevaba puesto el cinturón de seguridad -de uso obligatorio por norma provincial N°6082- el oficial de tránsito le impuso una multa.

Garay acudió a la Justicia argumentando que la citada infracción vial resulta inconstitucional porque su conducta constituye una acción privada amparada por el artículo 19 de la Constitución Nacional.  

Tras una serie de apelaciones y 10 años más tarde, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró este martes por unanimidad que la ley que establece el uso obligatorio del cinturón de seguridad en la vía pública es constitucional, rechazando así el planteo del conductor.

De esta manera, los jueces rechazaron el planteo del particular que reclamaba no usarlo porque ofendía sus convicciones liberales. Para los magistrados, las normas que regulan el tránsito vehicular buscan coordinar la acción de diferentes actores que interactúan entre sí.


Los cuatro jueces señalaron que “el uso obligatorio del cinturón de seguridad se justificaba en la prevención de un riesgo a terceros, pues si se produce una colisión vehicular la falta de correajes del conductor puede aumentar las probabilidades de pérdida de control del automóvil y, por ende, las de afectar directamente a terceros que circulan en la vía pública”.

En ese momento, Garay planteó que la ley que lo obligaba a usar cinturón de seguridad era inconstitucional porque agraviaba “sus convicciones liberales”. Según argumentó entonces, su decisión personal de utilizar o no esa medida de seguridad no afectaba a terceros, ya que él era el único ocupante del vehículo, por lo que debía quedar exenta de control estatal, en los términos del artículo 19 de la Constitución Nacional.

El artículo 19 de la Constitución dice textualmente: “Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados”.

Pero, el planteo puede extenderse a los transportes públicos donde no hay ningún tipo de cinturón de seguridad para su pasajeros sean ancianos, discapacitados, niños, niñas o adolescentes. Sería saludable legislar en este sentido para “no perjudicar a terceros”.

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Viernes Santo en Buenos Aires: qué abre hoy y qué actividades hay

El Viernes Santo 2025, que se celebra este 18 de abril, es feriado nacional en Argentina. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día se vive con una mezcla de recogimiento religioso, actividades culturales y modificaciones en los servicios públicos. Esta fecha, clave en el calendario litúrgico cristiano, marca el día de la crucifixión de Jesús y forma parte del Triduo Pascual que culmina el domingo con la Resurrección.

¿Es feriado hoy en Buenos Aires por Viernes Santo?

Sí. El 18 de abril es feriado nacional en todo el país, lo que implica que muchas actividades se ven reducidas o modificadas. Se suma al calendario de Semana Santa que también incluye el Jueves Santo como día no laborable, aunque este último depende del sector y del empleador.

Qué servicios funcionan en CABA este 18 de abril

La Ciudad de Buenos Aires opera con un esquema similar al de los domingos:

  • Recolección de residuos: sin servicio durante el día; se reanuda el sábado por la noche.
  • Hospitales públicos: guardias y atención de emergencias.
  • Escuelas y dependencias públicas: cerradas.
  • Bancos y AFIP: sin atención al público.
  • Shoppings y supermercados: operan con horario especial o reducido.

¿Qué actividades religiosas y culturales se pueden hacer?

El Viernes Santo es un día de especial significado religioso:

Transporte público y estacionamiento

  • Subtes: funcionan con cronograma de feriado (frecuencia de domingos).
  • Colectivos: esquema habitual de días no laborables.
  • Estacionamiento: permitido en avenidas donde rige prohibición en días hábiles.
  • EcoBici: operativas con estaciones automáticas y retiro gratuito por una hora.

¿Cómo se paga si trabajo hoy?

El Viernes Santo es feriado nacional. Si un trabajador presta servicios, corresponde pago doble, según la legislación vigente (Ley de Contrato de Trabajo).

Dos detenidos por arrebato en el subte porteño

Con el aporte de las cámaras del Centro de Monitoreo Urbano (CMU), la Policía de la Ciudad detuvo en el centro porteño a un arrebatador y su cómplice, ya su cómplice, cuando intentaban huir en el subte.

Un operador del CMU detectó a un sujeto en situación de merodeo en Carlos Pellegrini y la Diagonal Norte Roque Sáenz Peña y cuando minutos después arrebató una cadenita del cuello a una mujer.

Inmediatamente desde el CMU emitieron la alerta, informando que el ladrón había bajado hacia la estación Pellegrini de la línea B del subterráneo, donde personal de la División Subtes de la Policía de la Ciudad , lo detuvo, encontrando la cadenita en la requisa.

El sujeto se encontraba junto a otro hombre, que al verificar las imágenes había estado junto al involucrado momentos previos al arrebato.

Así las cosas, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional 19, a cargo del Dr. Diego Javier Slupski, Secretaría de la Dra. Delfina María Wüllich, dispuso la detención de ambos.

Flores: clausura de un prostíbulo con fachada de un centro de estética masculino

La Policía de la Ciudad allanó el establecimiento donde se ofrecían tratamientos estéticos para hombres tras descubrir que en el lugar se ejercía la prostitución en el barrio de Flores donde detuvieron a 4 mujeres.

En marzo de este año la Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas N°35 a cargo de la Dra. Celsa Ramírez solicitó la intervención del personal de la División Delitos Contra Grupos Vulnerables y Trata de Personas para que lleven a cabo una investigación con el objetivo de corroborar si en un centro de estética ubicado en la avenida Juan Bautista Alberdi al 2300, en Flores, funcionaba un prostíbulo.

Los hechos habían sido denunciados por un vecino que indicó que, en el lugar, que supuestamente era un local de tratamientos de belleza para hombres, había mujeres que ofrecían servicios sexuales.

Los efectivos de la Ciudad de inmediato desplegaron un operativo que constó de vigilancias, entrevistas con los vecinos y potenciales clientes como así también de un exhaustivo monitoreo y relevo de redes sociales.

La información recabada por los detectives permitió establecer que la denuncia era fidedigna y de inmediato la fiscalía solicitó la orden de allanamiento correspondiente que fue expedida por el Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N°2 a cargo del Dr. Beguelin.

El operativo se llevó a cabo con la colaboración de la Dirección Nacional de Migraciones, el Centro de Asistencia a la Víctima del Gobierno de la Ciudad y la Agencia Gubernamental de Control (AGC).

Una vez en el lugar fueron identificadas cuatro mujeres mayores de edad, una de ellas la responsable del local, quienes fueron entrevistadas y requisadas.

Asimismo, se encontraron dos menores de edad, uno de 11 meses y otro de 8 años, hijos de una de las trabajadoras del lugar, ambos en buen estado de salud.

Además, se secuestraron un transmisor-receptor portátil, un celular, un posnet, una caja con preservativos, documentación y una libreta con anotaciones de interés para la causa.

Una vez que culminó el procedimiento se pudo confirmar que en el establecimiento se ejercía la prostitución, motivo por el cual la Justicia ordenó la notificación de la encargada. Por su parte, las tres mujeres restantes, se retiraron del lugar con los niños.