La ANSES informó el cronograma para el cobro de los jubilados y pensionados con DNI terminado en 0.
Jubilados y pensionados con su
Documento Nacional de Identidad (DNI) finalizado en 0 y cuyos ingresos no
superen el sueldo mínimo ($17.859), están habilitados para ir a cobrar hoy los
haberes correspondientes al mes de mayo.
De esta manera lo determinó la
Administración de Seguridad Social (ANSES). Además, la entidad publicó
oficialmente el cronograma completo para este mes:
Justicia porteña frenó el cobro de una deuda a una jubilada sobreendeudada en situación vulnerable
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El Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad de Buenos Aires alertó sobre el avance del crédito digital y la falta de información clara en las condiciones de contratación, una situación que expone a amplios sectores de la población a mayores riesgos de sobreendeudamiento.
La acción fue impulsada por la Unidad Especializada en Relaciones de Consumo del MPD contra la entidad financiera con la que se había endeudado la mujer, que se encuentra en una situación de vulnerabilidad social y económica.
El pasado 5 de mayo, el Juzgado de Primera Instancia en lo CATyRC N.° 27 de la Ciudad dictó una medida cautelar por medio de la cual ordenó a la Compañía Financiera Argentina SA (conocida como “Efectivo Sí”) que suspenda el cobro de la deuda que una mujer jubilada de 68 años, en situación de vulnerabilidad social y económica, contrajo con esa entidad.
La demanda, impulsada por la Unidad Especializada en Relaciones de Consumo del MPD CABA (UERC), sostenía que se trata de una consumidora “hipervulnerable y sobreendeudada”, ya que solo percibe una jubilación mínima insuficiente para cubrir sus necesidades básicas, por lo cual recibe asistencia del GCBA.
Vive, además, en una casa prestada y afronta el pago de los servicios y expensas, lo que supone una parte sustancial de sus ingresos. En este contexto de “precariedad, angustia y apremio cotidiano”, entre 2023 y 2025 la mujer recurrió al crédito ofrecido por Compañía Financiera Argentina SA y a sucesivos productos financieros para subsistir, incluidos préstamos personales y una tarjeta de crédito, algunos bajo la modalidad de “renovación”. Esta dinámica implicó la refinanciación de deudas previas y un endeudamiento progresivo.
En la acción judicial se cuestionaba, justamente, el sucesivo otorgamiento de créditos, con tasas e intereses “sin que existieran verdaderas barreras de ingreso al sistema ni instancias reales de evaluación crediticia”. Además, se señalaba la ausencia de información clara, suficiente y comprensible acerca del alcance económico de las obligaciones asumidas y las consecuencias del endeudamiento progresivo.
Asimismo, se indicaba que la mujer había sido víctima de presuntas prácticas de hostigamiento en la cobranza: comunicaciones intimidatorias, engañosas y desproporcionadas, que incluyeron amenazas de acciones judiciales y posibles embargos.
Por todo ello, se afirmaba que “lejos de actuar con la diligencia que le es exigible como proveedora profesional de servicios financieros, la demandada se limitó a otorgar sucesivos créditos de manera casi automática, sin advertencias, sin asesoramiento y sin considerar su situación particular.
Esta conducta no solo implicó un incumplimiento de sus deberes de información y de trato digno, sino también una grave omisión en su deber de prevención del sobreendeudamiento”. Así, entre otras medidas, se solicitaba la nulidad o revisión de los contratos de préstamo, el cese de las gestiones de cobro, la suspensión de intereses, la exclusión de registros de deudores y la reparación por daños.
Al hacer lugar a la cautelar solicitada, el juez ordenó a Compañía Financiera Argentina SA “que suspenda el cobro judicial y extrajudicial de la deuda referida en el expediente y la capitalización de intereses y se abstenga de informar a la accionante en la base de deudores del sistema financiero del Banco Central de la República Argentina y administradores de datos privados o, en su caso, proceda a la rectificación provisoria de la calificación crediticia respecto de la deuda aquí cuestionada. Todo ello, hasta tanto se dicte sentencia definitiva”.
El magistrado destacó la especial protección que le brinda nuestro sistema jurídico, así como las Directrices de las Naciones Unidas para la Protección del Consumidor, a los derechos de consumidores y usuarios. También se refirió a que la misma Corte Suprema de Justicia ha entendido que, en las relaciones de consumo con entidades bancarias, esta tutela se acentúa aún más, pues del otro lado de la relación jurídica está una entidad bancaria profesional y además el propio contexto es propicio para las cláusulas y prácticas abusivas.
Según el fallo, estas circunstancias “habilitan la aplicación de mecanismos de tutela judicial efectiva con mayor rigurosidad”, ya que la continuidad de las acciones de cobro podría afectar ingresos de carácter alimentario y comprometer su economía de subsistencia.
Subte gratis para jubilados ¿cómo hacer el trámite?
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Este nuevo beneficio alcanza a jubilados, pensionados y retirados de las Fuerzas Armadas o de Seguridad que perciban hasta 2,5 haberes mínimos fijados por ANSES. Todos ellos podrán viajar sin pagar boleto en cualquier línea de subte, los siete días de la semana y en todos los horarios.
La credencial tendrá una vigencia de cinco años y podrá renovarse al cumplirse ese período. Durante ese tiempo, los usuarios habilitados no tendrán límite de viajes ni restricciones de uso.
Cómo tramitar el beneficio
El pase gratuito podrá gestionarse de manera online a través de la plataforma de Tramitación a Distancia (TAD) del Gobierno porteño, en las sedes comunales o en estaciones cabecera que se encuentren habilitadas. El objetivo es garantizar un trámite simple y accesible para todos los adultos mayores.
La Ciudad de Buenos Aires aprobó un proyecto de ley para que el viaje en subte sea gratuito para los jubilados que cobran hasta 2 jubilaciones mínimas. El beneficio abarca a pensionados y retirados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad con domicilio en CABA.
No tendrá límites de horarios y prevé una duración de 5 años, con posibilidad de renovarse la cantidad de veces que el usuario necesite. Los jubilados sólo accederán al beneficio si cobran la jubilación mínima.
La SUBE se renueva anualmente pero con este proyecto se extenderá hasta 5 años.
CÓMO PEDIRLO
Para obtenerlo, las personas alcanzadas por la presente deberán requerir un pase gratuito que podrá gestionarse en las estaciones cabecera de subterráneos y en todas las sedes comunales, en los días y horarios que disponga la autoridad de aplicación. Se deberá contemplar la realización del trámite de forma digital, y por demanda espontánea para aquellas personas a quienes se les dificulte gestionar un turno para la obtención del pase.
El pase gratuito establecido por esta ley tendrá validez por un plazo de cinco años y es de uso personal e intransferible. La autoridad de aplicación podrá requerirle a los beneficiarios, en todo momento, el Documento Nacional de Identidad y/o Carnet Jubilatorio, a efectos de validar su identidad.
La gratuidad del transporte subterráneo para los beneficiarios de la presente ley regirá todos los días y en todo momento en donde el servicio esté funcionando.
QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR EL BENEFICIO
La iniciativa busca garantizar la gratuidad del transporte subterráneo, sin límite horario, a los jubilados, pensionados y retirados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad con domicilio establecido en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El requisito es que los ingresos mensuales de los beneficiarios no deben superar el valor de dos y medio (2 y ½), haberes mínimos jubilatorios fijados por la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) o el organismo que en un futuro la reemplace.
A pesar de Macri, logramos la sesión especial y los jubilados de la Ciudad van a poder viajar gratis en el subte. pic.twitter.com/R2QgFiqlNV
— Victoria Montenegro (@MontenegroViki) July 17, 2025