La Ciudad reformó el estatuto docente con críticas de los gremios e incidentes

La Legislatura aprobó en la sesión ordinaria de este jueves presidida por el Vice 1° Emmanuel Ferrario una serie de modificaciones y agregados al Estatuto Docente de la Ciudad con el objetivo de fortalecer la carrera educativa, mediante cursos de ascensos, capacitación e incentivos que ponderen el trabajo de enseñanza en las aulas.

La norma detalla en su primer artículo que “la finalidad de la ley es promover la actualización, formación continua y desarrollo profesional de los/las docentes” y agrega en su art. 2do que “tiene como objeto fortalecer la carrera docente a través de la incorporación de oportunidades de desempeño en el aula”.

También define a la carrera docente como “el recorrido que se inicia con el ingreso por el cargo de menor jerarquía de los escalafones y la posibilidad posterior de ascender a través de cargos de desempeño en el aula, de coordinación, de conducción o de supervisión”.

El texto sobre las bancas, despacho de mayoría de las comisiones de Educación, Legislación del trabajo y Presupuesto tuvo 33 artículos y 17 cláusulas transitorias. Las modificaciones al Estatuto del Docente fueron aprobadas con 32 votos positivos de VJ, UCR, PS y RU y 27 votos negativos de FdT, LLA, FIT y CF, luego de un debate en el que participaron diputados de todos los bloques.

Las educadoras de Malvinas

Por iniciativa del bloque UCR/Ev, se declaró Personalidades Destacadas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el ámbito de la Educación a María Teresa Cañás, María Fernanda Cañás, Marta Grace Tricotti, Teresa Volpe, María Eugenia Grecco, Lilian García, Nora Prietto, Maurice Mathews, Alicia Zapata, María Isabel Hoffmann y María Alejandra Hills.

Todas ellas se desempeñaron como docentes de español y agentes culturales exteriores en las Islas Malvinas desde 1972 y hasta el final de la guerra de 1982, como consecuencia de acuerdos diplomáticos de intercambio cultural anglo-argentinos gestados durante la presidencia de Arturo Illia.

Ese personal docente enviado a las islas (con mayoría de residentes en la Ciudad) fue protagonista de difundir, transmitir y enarbolar el idioma castellano en los alumnos de los colegios primario Stanley Juniors School y secundarios Sr. Paul Gaskin y Community School. También comenzaron a transmitir, educar e internalizar nuestra lengua al personal del hospital, al pastor anglicano y a diferentes estratos etarios y sociales, a través de la radio isleña.

Sobre el acarreo de de vehículos

Con despacho de la Comisión de Tránsito y Transporte, el cuerpo parlamentario de la Ciudad aprobó un proyecto del Poder Ejecutivo sobre “Procedimiento para disposición de vehículos acarreados y no retirados”.

Se legisló lo siguiente: “Transcurridos 10 días hábiles desde la guarda del vehículo acarreado y no retirado por cualquiera de las razones establecidas en el Servicio de Grúas, se librará notificación al titular dominial para que proceda a su retiro del lugar en que se hubiera dispuesto su guarda, dentro de los 15 días hábiles desde la fecha de su notificación, bajo apercibimiento de considerar al vehículo como abandonado (…).

“Antes del vencimiento de dicho plazo, el titular o quien acredite la posesión y/o un interés legítimo sobre el vehículo podrá pedir una prórroga única por 10 días corridos. En el caso que el interesado requiera la extensión del plazo hasta la conclusión del trámite para la obtención de la documentación dominial faltante u otras causales de fuerza mayor, por una razón no imputable a él y lo acredite, será la Autoridad de Aplicación quien determinará los requisitos y condiciones para su otorgamiento.”

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VTV: cualquier taller mecánico y las concesionarias habilitadas para hacerlas

La Legislatura porteña se aprobó la extensión del número de establecimientos autorizados para llevar a cabo la verificación técnica vehicular (VTV).

De este modo, avanzò la normativo que permite la incorporación de talleres y concesionarios que acrediten el cumplimiento de los requisitos técnicos definidos por la normativa vigente.

Asimismo, la propuesta incorpora ajustes en los plazos de vigencia de las verificaciones y en distintos aspectos relacionados con la operación y el control de los centros habilitados para prestar este servicio.

Según el proyecto, los vehículos particulares 0 km deberán realizar la primera VTV a los cinco años (60 meses) desde la fecha de patentamiento. Para los vehículos de hasta diez años de antigüedad, la verificación será requerida cada dos años, mientras que para aquellos que superen los diez años, la revisión tendrá carácter anual.

Implementación gradual

El Gobierno aclaró que el nuevo esquema no comenzará a aplicarse de inmediato.

Para su puesta en marcha será necesario habilitar nuevos talleres, establecer procesos de certificación técnica, adaptar sistemas informáticos y desarrollar mecanismos de fiscalización.

Por ese motivo, la implementación será gradual y dependerá también de la adhesión de cada provincia.

Según el Ejecutivo, el objetivo final es transformar el sistema actual en uno “más competitivo, accesible y moderno”, que facilite el cumplimiento de la verificación técnica y reduzca los costos para los conductores.

De la feroz pelea anti-UBER a la modernización de lo taxis porteños

El gobierno de la Ciudad de Buenos Aires anunció que enviará a la Legislatura un proyecto de ley para modernizar el sistema de taxis y ordenar las aplicaciones de viajes (como Uber o Cabify) “para que todos compitan con reglas más claras”.

“Mediante el decreto y posterior proyecto de ley, se busca sumar un nuevo marco legal que aumente la seguridad, y ordene y modernice el servicio de transporte privado de pasajeros en la Ciudad”, señala.

“El objetivo es agilizar viajes, mejorar la seguridad y reducir trámites para los choferes de taxis. Este proceso busca normalizar la convivencia entre el servicio de taxis y las aplicaciones digitales, un sector que durante años estuvo marcado por conflictos regulatorios y protestas”, se detalló.

¿Qué cambios habrá en el servicio de taxi porteño? 

En primer lugar los taxistas van a poder trabajar con vehículos más grandes, de hasta ocho ocho plazas (incluido el conductor). Al mismo tiempo, se reduce la capacidad mínima de pasajeros a cuatro (con el conductor). Hoy es de cinco personas, lo que posibilitará que se puedan usar autos más chicos y económicos.

A su vez se eliminarán:

  • La capacidad mínima de baúl o compartimiento de carga requerida.
  • El máximo de plazas permitidas para vehículos accesibles.
  • La necesidad de escribano público para formalizar la operatoria. Hoy  la transferencia de una licencia exige escribano público, constancia de radicación, y vinculación a BA Taxi.
  • La obligatoriedad de turnos fijos.
  • La obligatoriedad del uso de tarjetas físicas identificatorias; ahora podrán ser digitales.
  • La obligatoriedad del uso de camisa en conductores.

El proyecto de ley también incluirá:

  • Eliminación de la obligatoriedad de constancia de adhesión a BA Taxi (que ya fue concesionada).
  • Eliminación de las tasas de transferencia, costos de renovación y transferencias de licencias.
  • Eliminación de tasas de renovación para conductores de taxis: altas, bajas y otras modificaciones.

También ahora se va a simplificar parte del trabajo cotidiano de los taxistas mediante pagos electrónicos, validación automática de pasajeros y acceso a viajes desde el celular.

¿Qué cambios habrá para los autos de aplicaciones?

  • Los vehículos deberán contar con VTV al día y seguro específico creado para estas aplicaciones por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
  • Los choferes deberán ser mayores de 21 años y contar con licencia de conducir profesional.
  • Se otorgará un plazo de 90 días para el cumplimiento y se abrirá un proceso abreviado para asegurar que puedan generarla de forma rápida.

“Durante muchos años, la política fingió demencia, eligió mirar para otro lado. Todos usaban las plataformas y sabían que existían, pero nadie se animaba a ordenar las cosas. Y para los taxis tampoco funcionaba. Los habían dejado atrapados en un sistema lleno de requisitos absurdos y cada vez menos competitivos”, sostuvo Jorge Macri, Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

“La Ciudad que tendría que haber sido vanguardia terminó quedándose atrás. Eso se terminó. Decidimos ordenar el sistema y poner la libertad de los usuarios por encima de las trabas burocráticas. Desde ahora, taxis y aplicaciones van a competir con reglas claras”, agregó el funcionario.

Desburocratizamos y le sacamos reglas absurdas a los taxis y normalizamos el servicio de las plataformas para que puedan trabajar en libertad.

Ordenamos algo que debería haberse ordenado hace tiempo. pic.twitter.com/IbBHERNM2e— Jorge Macri (@jorgemacri) May 21, 2026

Las medidas fueron anunciadas en un encuentro con representantes del Sindicato de Taxistas y de las empresas de aplicaciones de viaje. También participaron el jefe de Gabinete, Gabriel Sánchez Zinny; el ministro de Movilidad e Infraestructura, Pablo Bereciartua; los legisladores Pablo Donati y Francisco Loupias; y el secretario de Transporte porteño, Guillermo Krantzer.

Cajas meta

Cajas meta

Justicia porteña frenó el cobro de una deuda a una jubilada sobreendeudada en situación vulnerable

El Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad de Buenos Aires alertó sobre el avance del crédito digital y la falta de información clara en las condiciones de contratación, una situación que expone a amplios sectores de la población a mayores riesgos de sobreendeudamiento.

La acción fue impulsada por la Unidad Especializada en Relaciones de Consumo del MPD contra la entidad financiera con la que se había endeudado la mujer, que se encuentra en una situación de vulnerabilidad social y económica.

El pasado 5 de mayo, el Juzgado de Primera Instancia en lo CATyRC N.° 27 de la Ciudad dictó una medida cautelar por medio de la cual ordenó a la Compañía Financiera Argentina SA (conocida como “Efectivo Sí”) que suspenda el cobro de la deuda que una mujer jubilada de 68 años, en situación de vulnerabilidad social y económica, contrajo con esa entidad.

La demanda, impulsada por la Unidad Especializada en Relaciones de Consumo del MPD CABA (UERC), sostenía que se trata de una consumidora “hipervulnerable y sobreendeudada”, ya que solo percibe una jubilación mínima insuficiente para cubrir sus necesidades básicas, por lo cual recibe asistencia del GCBA.

Vive, además, en una casa prestada y afronta el pago de los servicios y expensas, lo que supone una parte sustancial de sus ingresos. En este contexto de “precariedad, angustia y apremio cotidiano”, entre 2023 y 2025 la mujer recurrió al crédito ofrecido por Compañía Financiera Argentina SA y a sucesivos productos financieros para subsistir, incluidos préstamos personales y una tarjeta de crédito, algunos bajo la modalidad de “renovación”. Esta dinámica implicó la refinanciación de deudas previas y un endeudamiento progresivo. 

En la acción judicial se cuestionaba, justamente, el sucesivo otorgamiento de créditos, con tasas e intereses “sin que existieran verdaderas barreras de ingreso al sistema ni instancias reales de evaluación crediticia”. Además, se señalaba la ausencia de información clara, suficiente y comprensible acerca del alcance económico de las obligaciones asumidas y las consecuencias del endeudamiento progresivo.

Asimismo, se indicaba que la mujer había sido víctima de presuntas prácticas de hostigamiento en la cobranza: comunicaciones intimidatorias, engañosas y desproporcionadas, que incluyeron amenazas de acciones judiciales y posibles embargos.

Por todo ello, se afirmaba que “lejos de actuar con la diligencia que le es exigible como proveedora profesional de servicios financieros, la demandada se limitó a otorgar sucesivos créditos de manera casi automática, sin advertencias, sin asesoramiento y sin considerar su situación particular.

Esta conducta no solo implicó un incumplimiento de sus deberes de información y de trato digno, sino también una grave omisión en su deber de prevención del sobreendeudamiento”. Así, entre otras medidas, se solicitaba la nulidad o revisión de los contratos de préstamo, el cese de las gestiones de cobro, la suspensión de intereses, la exclusión de registros de deudores y la reparación por daños.

Al hacer lugar a la cautelar solicitada, el juez ordenó a Compañía Financiera Argentina SA “que suspenda el cobro judicial y extrajudicial de la deuda referida en el expediente y la capitalización de intereses y se abstenga de informar a la accionante en la base de deudores del sistema financiero del Banco Central de la República Argentina y administradores de datos privados o, en su caso, proceda a la rectificación provisoria de la calificación crediticia respecto de la deuda aquí cuestionada. Todo ello, hasta tanto se dicte sentencia definitiva”. 

El magistrado destacó la especial protección que le brinda nuestro sistema jurídico, así como las Directrices de las Naciones Unidas para la Protección del Consumidor, a los derechos de consumidores y usuarios. También se refirió a que la misma Corte Suprema de Justicia ha entendido que, en las relaciones de consumo con entidades bancarias, esta tutela se acentúa aún más, pues del otro lado de la relación jurídica está una entidad bancaria profesional y además el propio contexto es propicio para las cláusulas y prácticas abusivas. 

Según el fallo, estas circunstancias “habilitan la aplicación de mecanismos de tutela judicial efectiva con mayor rigurosidad”, ya que la continuidad de las acciones de cobro podría afectar ingresos de carácter alimentario y comprometer su economía de subsistencia.

Aysa
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