Estacionar en C.A.B.A: chau parquímetros, hola app

La Legislatura aprobó modificaciones al Código de Tránsito y Transporte. Crean el “sube y baja” frente a las escuelas y limitan tiempos de carga y descarga. más info acá.

Serán tres las reglas básicas: no estacionar en avenidas de 7 a 21; no estacionar en pasajes, calles con Metrobus o con ciclovías durante las 24 horas y en calles quedará permitido en ambas manos, salvo que la cartelería indique lo contrario.

Normas generales de estacionamiento

“Prohibición general de estacionamiento de vehículos en avenidas junto a ambas aceras los días hábiles entre 7:00 y las 21:00.

“Permiso general de estacionamiento de vehículos en calles junto a ambas aceras todos los días durante las 24 horas.

“Prohibición general de estacionamiento de vehículos en calles y avenidas afectadas al Sistema Metrobús junto a ambas aceras, todos los días durante las 24 horas.

“Prohibición general de estacionamiento de vehículos en calles y avenidas con ciclovías junto al carril afectado a ésta, todos los días durante 24.”

No se debe estacionar sobre la demarcación de sendas peatonales o líneas de pare y sobre ciclovías. En los pasajes cuyo ancho de calzada no supere 4,50 mts. y calles de convivencia, en toda su extensión, junto a ambas aceras.

Atención EMPRESAS

Carga y descarga

“La operación de carga y descarga de vehículos que transportan mercaderías, equipajes u otros materiales debe respetar los lugares autorizados para realizar dicha operación, los límites de tiempo establecidos en el presente artículo y los horarios dispuestos a tal efecto, excepto los sectores donde se especifiquen otras modalidades por norma particular.

“El tiempo máximo de detención para la operatoria de carga y descarga en la vía pública será de treinta (30) minutos, salvo que se especifique lo contrario en la cartelería correspondiente. Transcurrido el tiempo máximo, será considerado estacionamiento.

“Los vehículos que realicen la operación de carga y descarga deberán indicar la condición de detención manteniendo obligatoriamente las luces balizas intermitentes encendidas. Los días y horarios destinados exclusivamente a la operatoria de carga y descarga deben contemplarse en la señalización vertical del cajón azul.

“La Autoridad de Aplicación determinará el tiempo, los días y los horarios destinados exclusivamente a la operatoria de carga y descarga en los cajones azules.”

El Ejecutivo podrá establecer excepciones con fundamentos y tendrá un plazo de 180 días para poner en vigencia las nuevas disposiciones

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Beneficio para 35 mil porteños en Ingresos Brutos

Eliminación de Impuestos: 35 mil vecinos no profesionales ya no pagan Ingresos Brutos en la Ciudad y el beneficio alcanzará a 140 mil contribuyentes. ¿Cómo comunicarse con AGIP?

na iniciativa impulsada por el Jefe de Gobierno, Jorge Macri, y aprobada por la Legislatura de la Ciudad, la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) comenzó a aplicar bonificaciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos para quienes tributan en el Régimen Simplificado y realizan prestaciones de servicios de manera independiente. En la mayoría de las categorías se eliminó el impuesto. 

El beneficio alcanza a más de 140 mil contribuyentes y se aplica según la categoría tributaria: 

● Categorías A, B y C reciben una bonificación del 100%, es decir que ya no pagan el impuesto. 
● Categorías D a H tienen una bonificación del 75%. 

Entre los contribuyentes beneficiados se encuentran peluqueros, fotógrafos, mecánicos, barberos, personal trainers, esteticistas, editores y varios más que trabajan por cuenta propia o bajo contratación. 

Castigar al que produce es condenar a una sociedad al estancamiento. Y eso pasaba en esta Ciudad. Durante años, el Estado confundió su rol: en vez de impulsar al que trabaja, lo asfixió. Se terminó. Eliminamos Ingresos Brutos para quienes viven de su oficio. Porque esta es la única forma de salir adelante: dejar de ponerle el pie encima al que trabaja. Esto también es ordenar”, sostuvo el Jefe de Gobierno, Jorge Macri.

Hoy 47 mil porteños ya cuentan con el beneficio: 35 mil ya no pagan más el impuesto, en tanto que los otros 12 mil tienen el beneficio del 75% de bonificación. 

No hace falta hacer ningún trámite: el descuento se aplica de forma automática, siempre que la actividad sea la prestación de servicios y el contribuyente no registre deuda en el impuesto. 

Para que el universo restante de 93 mil contribuyentes pueda acceder al beneficio, antes deberán regularizar su situación tributaria. Pueden hacerlo a través de la moratoria vigente que vence el 30 de abril y que permite saldar deudas en cuotas y con importantes descuentos.

La medida forma parte de un conjunto de iniciativas impulsadas por el Jefe de Gobierno, Jorge Macri, orientadas a reducir y simplificar la carga tributaria en la Ciudad, en este caso, en beneficio de los trabajadores que viven de su oficio. 

Entre esas iniciativas presentadas el año pasado y que hoy ya son realidad se destacan:

▪️Devolución exprés de los saldos a favor de Ingresos Brutos:

24 mil vecinos ya obtuvieron el beneficio.
Reintegro por hasta $15 millones a Pymes y comerciantes. 
Hasta el momento ya se devolvieron más de $34 mil millones.
Trámite 100% online y el dinero se devuelve en apenas 96 horas, cuando antes se tardaba cuatro meses.  

DATOS IMPORTANTES

▪️Exención del 100% de ABL a jubilados y pensionados

Hoy más de 76 mil jubilados ya no pagan más este impuesto.
Se actualizaron los requisitos para que más vecinos puedan acceder al beneficio.
La exención pasó de ser parcial a total para todos los jubilados.
Pueden acceder tanto propietarios como inquilinos.

ABL digital: las boletas pasarán a ser 100% online y dejarán de enviarse en papel

El Gobierno avanza en la digitalización total del ABL: las boletas dejarán de distribuirse en formato físico y se gestionarán exclusivamente de manera online. La medida busca simplificar trámites, reducir costos y fomentar el uso de herramientas digitales por parte de los contribuyentes.

A partir de abril, las boletas de ABL dejan de enviarse en papel. Podés consultarlas, descargarlas, imprimirlas y pagarlas online, las 24 horas, desde cualquier dispositivo.

Cómo acceder

  1. Ingresá a agip.gob.ar
  2. Andá a Pagos > Consulta de boletas
  3. Elegí el impuesto (Inmobiliario / ABL)
  4. Ingresá tu Nº de partida
  5. Seleccioná la boleta y hacé clic en Obtener boletas / Pagos

Para recibirla por mail, adherite a la boleta electrónica desde agip.gob.ar en Adhesión a boleta electrónica y completá tus datos.

Una forma más simple, rápida y sustentable de gestionar tus pagos.

Exención de ABL 2026 en CABA: Guía para Hoteles y Restaurantes

Hasta el 30 de abril, los hoteles, bares, heladerías y restaurantes de la Ciudad pueden solicitar la exención del pago del Impuesto Inmobiliario/ABL. A partir de que ya superó los 4.200 beneficiarios, AGIP extendió el plazo para acceder a este beneficio.

En un contexto de retracción de la actividad, la medida tiene como objetivo acompañar al sector gastronómico y hotelero para contribuir a su reactivación y desarrollo. De esta manera, se consolida el trabajo de Ciudad para impulsar la producción y el empleo.

Cómo acceder al beneficio

Los contribuyentes alcanzados deberán solicitar el reconocimiento de la exención a través de Trámites a Distancia (TAD) del Sistema Administrativo de Documentos Electrónicos (SADE), hasta el 30 de abril de 2026.

La solicitud deberá contener la siguiente información:

·         Número de partida inmobiliaria.

·         Domicilio de explotación inscripto en el Registro de Domicilio de Explotación (RDE).

·         Fecha de inicio y finalización del contrato de locación o comodato, en caso de corresponder.

·         Nombre y apellido o razón social del locatario o comodatario, según corresponda.

·         CUIT del locatario o comodatario, de corresponder.

·         Actividad declarada en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, conforme al Nomenclador de Actividades Económicas del Sistema Federal de Recaudación (NAES), desarrollada en el inmueble objeto del beneficio.

La medida rige para el período comprendido entre el 1° de enero y el 30 de junio de 2026. A los contribuyentes que soliciten la exención y hayan pagado las cuotas 1, 2 y/o 3, se les descontará el monto abonado de las cuotas restantes del 2026. Por su parte, quienes abonaron de manera anticipada el pago anual recibirán un crédito fiscal equivalente a la mitad del total abonado, que se imputará automáticamente en cuotas del 2027.

a solicitud deberá contener la siguiente información:

·         Número de partida inmobiliaria.

·         Domicilio de explotación inscripto en el Registro de Domicilio de Explotación (RDE).

 Fecha de inicio y finalización del contrato de locación o comodato, en caso de corresponder.

·         Nombre y apellido o razón social del locatario o comodatario, según corresponda

Aysa
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