Beneficios impositivos a viviendas en alquiler

Las viviendas que se ofrezcan en alquiler en la Ciudad de Buenos Aires, para uso residencial de las personas, quedarán exentas del pago de la tasa de ABL y del impuesto Inmobiliario durante tres años o la duración del contrato de arriendo (lo primero que ocurra), según dispuso una ley sancionada este jueves en la Legislatura.

La promoción se refiere a los inmuebles que tengan un valor fiscal de hasta 10 millones de pesos y a cánones mensuales de locación inferiores a 220 mil pesos mensuales. Quedan excluidos de estos incentivos las casas o departamentos amueblados que se alquilen a turistas.

La ley surgió de un proyecto de la legisladora Paola Michielotto (VJ) y otros diputados de su bloque y de la UCR. El beneficio es para los contratos de alquiler que se suscriban hasta el 31 de diciembre de 2023 y la Agencia Gubernamental de Ingresos Públicos determinará los requisitos de inscripción.

Mediante otra ley, también se estableció la eximición del pago de impuestos a los Ingresos Brutos al propietario que alquile viviendas, hasta un máximo de tres unidades habitacionales y por un monto no superior a los 220 mil pesos mensuales cada una.

Por otra parte, se aprobó la eximición del pago del 80% del derecho para Desarrollo Urbano y Hábitat Sustentable que apliquen sobre las obras o proyectos inmobiliarios destinados a vivienda individual o colectiva en las comunas 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10. Se pagará solo el 20% de los metros cuadrados declarados, después de haberse obtenido el permiso de obra.

Sistema de Co-vivienda

Se sancionó el denominado Régimen de Co-vivienda destinado a personas que están en situación de vulnerabilidad y afectadas por el déficit habitacional. Se trató de una iniciativa de la legisladora Cecilia Ferrero (VJ) y otros del mismo bloque, analizada en las comisiones de Presupuesto y de Vivienda.

El sistema consiste en que organizaciones sociales como cooperativas, mutuales, fundaciones, fideicomisos y otras asociaciones sin fines de lucro puedan presentar proyectos de Co-vivienda ante el Instituto de la Vivienda, que será la autoridad de aplicación, en representación de sus socios o adherentes que deben ser personas de bajos recursos que no posean inmuebles propios.

Las entidades civiles que se presenten a concurso podrán celebrar con el IV actos jurídicos para hacerse cargo de edificaciones, refacciones de edificios, su administración y funcionamiento. Se tratará de terrenos en desuso, obras en curso o interrumpidas o edificios ya concluidos.

Se podrán utilizar para este régimen los inmuebles de dominio privado de CABA y el IV y los de dominio privados de otros propietarios estatales, no estatales y personas jurídicas sin fines de lucro.

La co-vivienda podrá aplicarse a edificios, unidades habitacionales o partes comunes. Los usuarios o moradores tendrán el derecho de propiedad horizontal o de uso y posesión conjunta de unidades o partes comunes. Como compensación, contribuirán con trabajo, dinero o ambas cosas a la organización civil de la que forman parte.


Normativa para residencias de personas mayores
Las disposiciones legales sobre el funcionamiento de institutos destinados al alojamiento de personas mayores fueron actualizadas y adecuadas a las recomendaciones de buenas prácticas de organismos como la Organización Mundial de la Salud. Este jueves se sancionó la ley respectiva en la Legislatura porteña, por iniciativa de la diputada Ana María Bou Pérez (VJ), tratada en la comisión de Salud.
Se catalogan: residencias para mayores autoválidos; hogar de día para mayores autoválidos; residencias para mayores con dependencias; residencia para mayores con psiquiatría; hogar de día para mayores con psiquiatría; residencia para mayores con padecimientos crónicos y casas de residencia.
Estos institutos deberán tener un director técnico, administrativo e institucional, al cual se le exige capacitación anual. Deberán tener, además, médico geriatra, psiquiatra, psicólogo, licenciados en terapias ocupacionales, recreativas, kinesiología, nutricionista, enfermero profesional, asistente de enfermería, asistente gerontológico y mucamo.
El nuevo régimen legal determina pautas sobre exámenes y controles de los mayores internados o residentes, evaluaciones multidimensionales, legajos, historias clínicas y las formas de inspección y control por parte del Estado de la Ciudad de Buenos Aires. La ley determina que los geriátricos y hogares de día deberán tener capacidad para al menos 6 personas, mientras que las Casas de Residencia, un máximo de 5 mayores convivientes.

Nueva eximición de un gravamen
Por otra parte, a iniciativa de la Jefatura de Gobierno, se aprobó “dejar sin efecto el Impuesto de Sellos (…) respecto de las liquidaciones o resúmenes periódicos que las entidades emisoras de tarjetas de crédito o compra hubieran generado desde el día 22 de diciembre de 2022 hasta el día 9 de marzo de 2023”. (Desde esa fecha en adelante, dicho impuesto ya quedó exento por una ley anterior).

Simplificación de trámites
Por iniciativa de la Jefatura de Gobierno y con el previo tratamiento en comisiones legislativas, los diputados porteños sancionaron nuevas disposiciones destinadas a simplificar trámites y reducir la carga o el pago de varias gestiones administrativas.
Por ejemplo, se fijo “sin cargo” la habilitación de locales comerciales, los exámenes y carnés de los cursos sobre manipulación de alimentos, 13 trámites referidos a taxis, remises y transportes escolares y otra variada cantidad de disposiciones inherentes al registro civil, los cementerios de la Ciudad, la protección ambiental, obras y gestión urbana.

Nomenclatura de espacios públicos
Luego de haber pasado por Audiencia Pública, quedó definida la denominación de una nueva calle y las nuevas nominaciones de tres estaciones de subterráneos.
Se impuso la denominación Graciela González Gass (en homenaje a la ex legisladora local y diputada nacional del radicalismo) a la continuación de la calle Moreno, entre Alicia Moreau de Justo y Av Ing. Huergo.
La estación Echeverría de la línea B de subtes pasará a llamarse Echeverría – Mártires Palotinos, en recordación de los tres sacerdotes y dos seminaristas asesinados en la última dictadura militar.
La estación Hospitales de la línea H pasará a llamarse Ringo Bonavena – Hospitales, para conmemorar al popular boxeador que vivía en el barrio Parque de los Patricios.
La estación Independencia de la línea E se nominará Independencia – beata Mama Antula para honrar a la religiosa que fundó a fines del siglo XVIII la casa de ejercicios espirituales que aún existe cerca de esa parada de subtes.

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De la feroz pelea anti-UBER a la modernización de lo taxis porteños

El gobierno de la Ciudad de Buenos Aires anunció que enviará a la Legislatura un proyecto de ley para modernizar el sistema de taxis y ordenar las aplicaciones de viajes (como Uber o Cabify) “para que todos compitan con reglas más claras”.

“Mediante el decreto y posterior proyecto de ley, se busca sumar un nuevo marco legal que aumente la seguridad, y ordene y modernice el servicio de transporte privado de pasajeros en la Ciudad”, señala.

“El objetivo es agilizar viajes, mejorar la seguridad y reducir trámites para los choferes de taxis. Este proceso busca normalizar la convivencia entre el servicio de taxis y las aplicaciones digitales, un sector que durante años estuvo marcado por conflictos regulatorios y protestas”, se detalló.

¿Qué cambios habrá en el servicio de taxi porteño? 

En primer lugar los taxistas van a poder trabajar con vehículos más grandes, de hasta ocho ocho plazas (incluido el conductor). Al mismo tiempo, se reduce la capacidad mínima de pasajeros a cuatro (con el conductor). Hoy es de cinco personas, lo que posibilitará que se puedan usar autos más chicos y económicos.

A su vez se eliminarán:

  • La capacidad mínima de baúl o compartimiento de carga requerida.
  • El máximo de plazas permitidas para vehículos accesibles.
  • La necesidad de escribano público para formalizar la operatoria. Hoy  la transferencia de una licencia exige escribano público, constancia de radicación, y vinculación a BA Taxi.
  • La obligatoriedad de turnos fijos.
  • La obligatoriedad del uso de tarjetas físicas identificatorias; ahora podrán ser digitales.
  • La obligatoriedad del uso de camisa en conductores.

El proyecto de ley también incluirá:

  • Eliminación de la obligatoriedad de constancia de adhesión a BA Taxi (que ya fue concesionada).
  • Eliminación de las tasas de transferencia, costos de renovación y transferencias de licencias.
  • Eliminación de tasas de renovación para conductores de taxis: altas, bajas y otras modificaciones.

También ahora se va a simplificar parte del trabajo cotidiano de los taxistas mediante pagos electrónicos, validación automática de pasajeros y acceso a viajes desde el celular.

¿Qué cambios habrá para los autos de aplicaciones?

  • Los vehículos deberán contar con VTV al día y seguro específico creado para estas aplicaciones por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
  • Los choferes deberán ser mayores de 21 años y contar con licencia de conducir profesional.
  • Se otorgará un plazo de 90 días para el cumplimiento y se abrirá un proceso abreviado para asegurar que puedan generarla de forma rápida.

“Durante muchos años, la política fingió demencia, eligió mirar para otro lado. Todos usaban las plataformas y sabían que existían, pero nadie se animaba a ordenar las cosas. Y para los taxis tampoco funcionaba. Los habían dejado atrapados en un sistema lleno de requisitos absurdos y cada vez menos competitivos”, sostuvo Jorge Macri, Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

“La Ciudad que tendría que haber sido vanguardia terminó quedándose atrás. Eso se terminó. Decidimos ordenar el sistema y poner la libertad de los usuarios por encima de las trabas burocráticas. Desde ahora, taxis y aplicaciones van a competir con reglas claras”, agregó el funcionario.

Desburocratizamos y le sacamos reglas absurdas a los taxis y normalizamos el servicio de las plataformas para que puedan trabajar en libertad.

Ordenamos algo que debería haberse ordenado hace tiempo. pic.twitter.com/IbBHERNM2e— Jorge Macri (@jorgemacri) May 21, 2026

Las medidas fueron anunciadas en un encuentro con representantes del Sindicato de Taxistas y de las empresas de aplicaciones de viaje. También participaron el jefe de Gabinete, Gabriel Sánchez Zinny; el ministro de Movilidad e Infraestructura, Pablo Bereciartua; los legisladores Pablo Donati y Francisco Loupias; y el secretario de Transporte porteño, Guillermo Krantzer.

Cajas meta

Cajas meta

Justicia porteña frenó el cobro de una deuda a una jubilada sobreendeudada en situación vulnerable

El Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad de Buenos Aires alertó sobre el avance del crédito digital y la falta de información clara en las condiciones de contratación, una situación que expone a amplios sectores de la población a mayores riesgos de sobreendeudamiento.

La acción fue impulsada por la Unidad Especializada en Relaciones de Consumo del MPD contra la entidad financiera con la que se había endeudado la mujer, que se encuentra en una situación de vulnerabilidad social y económica.

El pasado 5 de mayo, el Juzgado de Primera Instancia en lo CATyRC N.° 27 de la Ciudad dictó una medida cautelar por medio de la cual ordenó a la Compañía Financiera Argentina SA (conocida como “Efectivo Sí”) que suspenda el cobro de la deuda que una mujer jubilada de 68 años, en situación de vulnerabilidad social y económica, contrajo con esa entidad.

La demanda, impulsada por la Unidad Especializada en Relaciones de Consumo del MPD CABA (UERC), sostenía que se trata de una consumidora “hipervulnerable y sobreendeudada”, ya que solo percibe una jubilación mínima insuficiente para cubrir sus necesidades básicas, por lo cual recibe asistencia del GCBA.

Vive, además, en una casa prestada y afronta el pago de los servicios y expensas, lo que supone una parte sustancial de sus ingresos. En este contexto de “precariedad, angustia y apremio cotidiano”, entre 2023 y 2025 la mujer recurrió al crédito ofrecido por Compañía Financiera Argentina SA y a sucesivos productos financieros para subsistir, incluidos préstamos personales y una tarjeta de crédito, algunos bajo la modalidad de “renovación”. Esta dinámica implicó la refinanciación de deudas previas y un endeudamiento progresivo. 

En la acción judicial se cuestionaba, justamente, el sucesivo otorgamiento de créditos, con tasas e intereses “sin que existieran verdaderas barreras de ingreso al sistema ni instancias reales de evaluación crediticia”. Además, se señalaba la ausencia de información clara, suficiente y comprensible acerca del alcance económico de las obligaciones asumidas y las consecuencias del endeudamiento progresivo.

Asimismo, se indicaba que la mujer había sido víctima de presuntas prácticas de hostigamiento en la cobranza: comunicaciones intimidatorias, engañosas y desproporcionadas, que incluyeron amenazas de acciones judiciales y posibles embargos.

Por todo ello, se afirmaba que “lejos de actuar con la diligencia que le es exigible como proveedora profesional de servicios financieros, la demandada se limitó a otorgar sucesivos créditos de manera casi automática, sin advertencias, sin asesoramiento y sin considerar su situación particular.

Esta conducta no solo implicó un incumplimiento de sus deberes de información y de trato digno, sino también una grave omisión en su deber de prevención del sobreendeudamiento”. Así, entre otras medidas, se solicitaba la nulidad o revisión de los contratos de préstamo, el cese de las gestiones de cobro, la suspensión de intereses, la exclusión de registros de deudores y la reparación por daños.

Al hacer lugar a la cautelar solicitada, el juez ordenó a Compañía Financiera Argentina SA “que suspenda el cobro judicial y extrajudicial de la deuda referida en el expediente y la capitalización de intereses y se abstenga de informar a la accionante en la base de deudores del sistema financiero del Banco Central de la República Argentina y administradores de datos privados o, en su caso, proceda a la rectificación provisoria de la calificación crediticia respecto de la deuda aquí cuestionada. Todo ello, hasta tanto se dicte sentencia definitiva”. 

El magistrado destacó la especial protección que le brinda nuestro sistema jurídico, así como las Directrices de las Naciones Unidas para la Protección del Consumidor, a los derechos de consumidores y usuarios. También se refirió a que la misma Corte Suprema de Justicia ha entendido que, en las relaciones de consumo con entidades bancarias, esta tutela se acentúa aún más, pues del otro lado de la relación jurídica está una entidad bancaria profesional y además el propio contexto es propicio para las cláusulas y prácticas abusivas. 

Según el fallo, estas circunstancias “habilitan la aplicación de mecanismos de tutela judicial efectiva con mayor rigurosidad”, ya que la continuidad de las acciones de cobro podría afectar ingresos de carácter alimentario y comprometer su economía de subsistencia.

Franco Colapinto y el espejo de Juan Manuel Fangio: pasado glorioso y futuro en construcción del automovilismo argentino

La reciente exhibición de Franco Colapinto en las calles de Buenos Aires no fue solo un espectáculo para fanáticos: también reavivó una comparación inevitable con Juan Manuel Fangio, el máximo ícono del automovilismo nacional y uno de los más grandes de la historia de la Fórmula 1.

A sus 22 años, Colapinto representa una nueva generación que vuelve a ilusionar a la Argentina con tener protagonismo en la elite del automovilismo mundial. Su presencia al volante de un monoplaza en plena ciudad, rodeado de miles de personas, evocó inevitablemente aquellas épocas en las que Fangio dominaba la Fórmula 1 con una autoridad que aún hoy resulta difícil de igualar.

La comparación, sin embargo, exige contexto. Fangio construyó su leyenda en una Fórmula 1 muy distinta, en los años 50, cuando la categoría daba sus primeros pasos y el riesgo era parte constitutiva del oficio. Con cinco títulos mundiales —una marca que se mantuvo como récord durante décadas—, el balcarceño no solo ganó campeonatos: definió un estándar de excelencia basado en inteligencia, técnica y templanza.

Colapinto, en cambio, todavía está escribiendo su historia. Su recorrido por categorías formativas en Europa y su inserción en la órbita de equipos de Fórmula 1 lo posicionan como una de las mayores promesas argentinas de las últimas décadas. Pero el salto definitivo —ese que lo lleve a competir de manera estable en la máxima categoría— sigue siendo el gran desafío.

Más allá de los resultados, hay un punto de contacto clave entre ambos: la capacidad de generar identificación. Fangio lo hizo en un país que encontraba en el automovilismo una épica moderna; Colapinto lo logra en una era dominada por las redes sociales y el espectáculo global, donde cada aparición tiene impacto inmediato.

La exhibición en Buenos Aires también funcionó como un puente simbólico. La presencia de una réplica de la histórica “Flecha de Plata”, asociada a las hazañas de Fangio, no fue casual: buscó conectar el legado de una era dorada con la expectativa de un futuro posible. Pero si Fangio representa la certeza de la gloria, Colapinto encarna la incógnita. Y en esa diferencia radica, quizás, el mayor atractivo de la comparación. Mientras uno ya es historia consagrada, el otro es una promesa en desarrollo que necesita tiempo, resultados y contexto para acercarse —aunque sea parcialmente— a ese legado.

Argentina, mientras tanto, vuelve a mirar la Fórmula 1 con atención. Y aunque el peso del apellido Fangio siga siendo inalcanzable, la irrupción de Colapinto abre una puerta que parecía cerrada: la de volver a tener un protagonista propio en la máxima categoría del automovilismo mundial.

Aysa
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