La provincia estableció pautas de prevención y acción frente al aumento de mosquitos

Junto a los equipos de salud municipales, el gobierno de Axel Kicillof estableció pautas de prevención y acción frente al aumento de mosquitos

Referentes de Epidemiología se reunieron con representantes de los municipios y elaboraron un comunicado que detalla los criterios de fumigación, prevención y control de vectores.

A partir de la invasión de los llamados “mosquitos de las inundaciones” y la presencia sostenida en todo el territorio bonaerenses de la especie Aedes aegypti, transmisor del dengue, el ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires realizó esta semana un encuentro con referentes sanitarios de los municipios y elaboró un comunicado en el que se explica cuáles son las medidas de prevención, control vectorial y los criterios adecuados para emplear fumigación según el contexto epidemiológico.

En el documento, que la cartera sanitaria elaboró para los 135 municipios bonaerenses, se detalla que “actualmente y hasta el día de la fecha, se ha confirmado en la provincia de Buenos Aires, la circulación viral autóctona de dengue en 23 municipios, junto con la permanente detección de casos importados” de virus dengue y de fiebre chikungunya.

En el comunicado dirigido a referentes de las Regiones Sanitarias y secretarías de Salud municipales se explicita también que “se suma a esta situación, la reemergencia de Encefalitis Equina del Oeste (EEO) con casos humanos positivos vinculados a ámbitos rurales de 40 municipios”.  Esta enfermedad es transmitida por el “mosquito de las inundaciones” o Aedes albifasciatus.

Cabe señalar que las zonas donde hay mayor cantidad de casos de dengue y las actualizaciones de EEO, se publican semanalmente en el Boletín Epidemiológico de la provincia de Buenos Aires, disponible en https://www.gba.gob.ar/saludprovincia/boletines_epidemiologicos

La cartera sanitaria bonaerense explicó en el comunicado cuáles son los criterios para aplicarla. En este sentido, señala que la fumigación “constituye una medida de control químico destinada a eliminar mosquitos adultos que transmiten arbovirosis como dengue, zika y chikungunya bajo un estricto interés sanitario”, y agrega: “Debido a sus efectos adversos y al impacto negativo en la biodiversidad y en particular al efecto perjudicial que provoca en polinizadores y otras especies de insectos benéficos, su implementación siempre debe ser regulada por autoridades sanitarias”.

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Cuándo fumigar

Por lo tanto, continúa el comunicado, “el ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires no indica la aplicación de fumigación como método preventivo, reservándose su uso para bloqueo de casos de dengue u otros arbovirus y para el control de brotes”.

Se aclara, asimismo, que la invasión de mosquitosAedes albifasciatusde los últimos días, si bien genera incomodidad y picaduras en la población devarias ciudadesbonaerenses no constituyen un riesgo sanitario. Sólo pueden constituirlo en zonas donde se detectan casos de Encefalitis Equina del Oeste (EEO).

Asimismo, el equipo de Epidemiología y Control de Vectores del ministerio de Salud bonaerense explicó que las poblaciones de mosquitos se recuperan rápidamente luego de la fumigación, por lo que cualquier acción de control químico que se establezca, debe estar acompañada de actividades de control focal (con aplicación de larvicidas) y de saneamiento ambiental o descacharrado.

La eficacia de la fumigación es reducida, dado que se estima que elimina aproximadamente un 30-40% de la población de mosquitos adultos, por este motivo debe repetirse cada 3 a 5 días, hasta que dejen de aparecer nuevos casos. A continuación se detallan los criterios de fumigación según el contexto epidemiológico:

●     En zonas brote de dengue u otro arbovirus

En las zonas con casos aislados de dengue se recomienda el bloqueo de cada caso sospechoso o confirmado de dengue. Esto implica fumigar en 300 metros a la redonda del domicilio del caso de modo intradomiciliario con equipo portátil (motomochila), así como también de todos los lugares que las personas afectadas visitaron durante el período de viremia.

Ante casos de Encefalitis Equina del Oeste (EEO) en humanos o caballos, la fumigación se encuentra sujeta a la evaluación local de acuerdo a las condiciones ambientales y la abundancia del vector en los predios en los que se detectaron las personas o animales afectados.

La fumigación con insecticidas sólo debe implementarse como una medida de control en los alrededores del establecimiento o en espacios verdes de centros urbanos donde se alojen equinos enfermos y donde se detecte una abundancia elevada de mosquitos para disminuir la población y, por consecuencia, el riesgo para otros equinos o para las personas que  trabajen o vivan en las inmediaciones.En caso de decidirse utilizar dicha medida, realizarla con permetrina al 10%.

●     En zonas CON brote de dengue u otro arbovirus

En las zonas con brote de dengue se requiere implementar un conjunto de acciones de control vectorial de amplia cobertura, sosteniéndolas en el tiempo para el logro de una mayor eficacia. En municipios cuyos barrios presenten evidencia de circulación viral intensa, deben establecer las áreas a tratar con rociado espacial a través de equipamiento pesado montado en vehículos. Para la priorización de barrios, se sugiere considerar a aquellos con

●     Alta densidadpoblacional.

●     Trazado de calles que permita cumplir con la aplicación con vehículos.

●     Brotes de dengue recurrentes en anteriores temporadas.

●     Alta movilidad o circulación de personas.

La aplicación de fumigación de modo intradomiciliario con equipo portátil (motomochila), se reservará sólo para los sitios de difícil acceso con vehículos.

Se debe tener presente que para que la fumigación sea efectiva, se debe realizar en la franja horaria en la que el mosquito presenta mayor actividad y las condiciones atmosféricas son óptimas, es decir, durante las primeras horas de la mañana (aproximadamente de 6 a 9 horas) y en las últimas horas de la tarde (de 18 a 21 horas).

Finalmente, el comunicado del ministerio de Salud bonaerense para los municipios ofrece apoyo para acciones de control vectorial con fumigación. Quienes lo requieran deben contactarsecon elDepartamento de Control de Vectores y Plagas del ministerio a través del correo: direcciondesaneamiento@ms.gba.gov.ar o al teléfono 0221-482-3580.

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De la feroz pelea anti-UBER a la modernización de lo taxis porteños

El gobierno de la Ciudad de Buenos Aires anunció que enviará a la Legislatura un proyecto de ley para modernizar el sistema de taxis y ordenar las aplicaciones de viajes (como Uber o Cabify) “para que todos compitan con reglas más claras”.

“Mediante el decreto y posterior proyecto de ley, se busca sumar un nuevo marco legal que aumente la seguridad, y ordene y modernice el servicio de transporte privado de pasajeros en la Ciudad”, señala.

“El objetivo es agilizar viajes, mejorar la seguridad y reducir trámites para los choferes de taxis. Este proceso busca normalizar la convivencia entre el servicio de taxis y las aplicaciones digitales, un sector que durante años estuvo marcado por conflictos regulatorios y protestas”, se detalló.

¿Qué cambios habrá en el servicio de taxi porteño? 

En primer lugar los taxistas van a poder trabajar con vehículos más grandes, de hasta ocho ocho plazas (incluido el conductor). Al mismo tiempo, se reduce la capacidad mínima de pasajeros a cuatro (con el conductor). Hoy es de cinco personas, lo que posibilitará que se puedan usar autos más chicos y económicos.

A su vez se eliminarán:

  • La capacidad mínima de baúl o compartimiento de carga requerida.
  • El máximo de plazas permitidas para vehículos accesibles.
  • La necesidad de escribano público para formalizar la operatoria. Hoy  la transferencia de una licencia exige escribano público, constancia de radicación, y vinculación a BA Taxi.
  • La obligatoriedad de turnos fijos.
  • La obligatoriedad del uso de tarjetas físicas identificatorias; ahora podrán ser digitales.
  • La obligatoriedad del uso de camisa en conductores.

El proyecto de ley también incluirá:

  • Eliminación de la obligatoriedad de constancia de adhesión a BA Taxi (que ya fue concesionada).
  • Eliminación de las tasas de transferencia, costos de renovación y transferencias de licencias.
  • Eliminación de tasas de renovación para conductores de taxis: altas, bajas y otras modificaciones.

También ahora se va a simplificar parte del trabajo cotidiano de los taxistas mediante pagos electrónicos, validación automática de pasajeros y acceso a viajes desde el celular.

¿Qué cambios habrá para los autos de aplicaciones?

  • Los vehículos deberán contar con VTV al día y seguro específico creado para estas aplicaciones por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
  • Los choferes deberán ser mayores de 21 años y contar con licencia de conducir profesional.
  • Se otorgará un plazo de 90 días para el cumplimiento y se abrirá un proceso abreviado para asegurar que puedan generarla de forma rápida.

“Durante muchos años, la política fingió demencia, eligió mirar para otro lado. Todos usaban las plataformas y sabían que existían, pero nadie se animaba a ordenar las cosas. Y para los taxis tampoco funcionaba. Los habían dejado atrapados en un sistema lleno de requisitos absurdos y cada vez menos competitivos”, sostuvo Jorge Macri, Jefe de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

“La Ciudad que tendría que haber sido vanguardia terminó quedándose atrás. Eso se terminó. Decidimos ordenar el sistema y poner la libertad de los usuarios por encima de las trabas burocráticas. Desde ahora, taxis y aplicaciones van a competir con reglas claras”, agregó el funcionario.

Desburocratizamos y le sacamos reglas absurdas a los taxis y normalizamos el servicio de las plataformas para que puedan trabajar en libertad.

Ordenamos algo que debería haberse ordenado hace tiempo. pic.twitter.com/IbBHERNM2e— Jorge Macri (@jorgemacri) May 21, 2026

Las medidas fueron anunciadas en un encuentro con representantes del Sindicato de Taxistas y de las empresas de aplicaciones de viaje. También participaron el jefe de Gabinete, Gabriel Sánchez Zinny; el ministro de Movilidad e Infraestructura, Pablo Bereciartua; los legisladores Pablo Donati y Francisco Loupias; y el secretario de Transporte porteño, Guillermo Krantzer.

Cajas meta

Cajas meta

Justicia porteña frenó el cobro de una deuda a una jubilada sobreendeudada en situación vulnerable

El Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad de Buenos Aires alertó sobre el avance del crédito digital y la falta de información clara en las condiciones de contratación, una situación que expone a amplios sectores de la población a mayores riesgos de sobreendeudamiento.

La acción fue impulsada por la Unidad Especializada en Relaciones de Consumo del MPD contra la entidad financiera con la que se había endeudado la mujer, que se encuentra en una situación de vulnerabilidad social y económica.

El pasado 5 de mayo, el Juzgado de Primera Instancia en lo CATyRC N.° 27 de la Ciudad dictó una medida cautelar por medio de la cual ordenó a la Compañía Financiera Argentina SA (conocida como “Efectivo Sí”) que suspenda el cobro de la deuda que una mujer jubilada de 68 años, en situación de vulnerabilidad social y económica, contrajo con esa entidad.

La demanda, impulsada por la Unidad Especializada en Relaciones de Consumo del MPD CABA (UERC), sostenía que se trata de una consumidora “hipervulnerable y sobreendeudada”, ya que solo percibe una jubilación mínima insuficiente para cubrir sus necesidades básicas, por lo cual recibe asistencia del GCBA.

Vive, además, en una casa prestada y afronta el pago de los servicios y expensas, lo que supone una parte sustancial de sus ingresos. En este contexto de “precariedad, angustia y apremio cotidiano”, entre 2023 y 2025 la mujer recurrió al crédito ofrecido por Compañía Financiera Argentina SA y a sucesivos productos financieros para subsistir, incluidos préstamos personales y una tarjeta de crédito, algunos bajo la modalidad de “renovación”. Esta dinámica implicó la refinanciación de deudas previas y un endeudamiento progresivo. 

En la acción judicial se cuestionaba, justamente, el sucesivo otorgamiento de créditos, con tasas e intereses “sin que existieran verdaderas barreras de ingreso al sistema ni instancias reales de evaluación crediticia”. Además, se señalaba la ausencia de información clara, suficiente y comprensible acerca del alcance económico de las obligaciones asumidas y las consecuencias del endeudamiento progresivo.

Asimismo, se indicaba que la mujer había sido víctima de presuntas prácticas de hostigamiento en la cobranza: comunicaciones intimidatorias, engañosas y desproporcionadas, que incluyeron amenazas de acciones judiciales y posibles embargos.

Por todo ello, se afirmaba que “lejos de actuar con la diligencia que le es exigible como proveedora profesional de servicios financieros, la demandada se limitó a otorgar sucesivos créditos de manera casi automática, sin advertencias, sin asesoramiento y sin considerar su situación particular.

Esta conducta no solo implicó un incumplimiento de sus deberes de información y de trato digno, sino también una grave omisión en su deber de prevención del sobreendeudamiento”. Así, entre otras medidas, se solicitaba la nulidad o revisión de los contratos de préstamo, el cese de las gestiones de cobro, la suspensión de intereses, la exclusión de registros de deudores y la reparación por daños.

Al hacer lugar a la cautelar solicitada, el juez ordenó a Compañía Financiera Argentina SA “que suspenda el cobro judicial y extrajudicial de la deuda referida en el expediente y la capitalización de intereses y se abstenga de informar a la accionante en la base de deudores del sistema financiero del Banco Central de la República Argentina y administradores de datos privados o, en su caso, proceda a la rectificación provisoria de la calificación crediticia respecto de la deuda aquí cuestionada. Todo ello, hasta tanto se dicte sentencia definitiva”. 

El magistrado destacó la especial protección que le brinda nuestro sistema jurídico, así como las Directrices de las Naciones Unidas para la Protección del Consumidor, a los derechos de consumidores y usuarios. También se refirió a que la misma Corte Suprema de Justicia ha entendido que, en las relaciones de consumo con entidades bancarias, esta tutela se acentúa aún más, pues del otro lado de la relación jurídica está una entidad bancaria profesional y además el propio contexto es propicio para las cláusulas y prácticas abusivas. 

Según el fallo, estas circunstancias “habilitan la aplicación de mecanismos de tutela judicial efectiva con mayor rigurosidad”, ya que la continuidad de las acciones de cobro podría afectar ingresos de carácter alimentario y comprometer su economía de subsistencia.

Franco Colapinto y el espejo de Juan Manuel Fangio: pasado glorioso y futuro en construcción del automovilismo argentino

La reciente exhibición de Franco Colapinto en las calles de Buenos Aires no fue solo un espectáculo para fanáticos: también reavivó una comparación inevitable con Juan Manuel Fangio, el máximo ícono del automovilismo nacional y uno de los más grandes de la historia de la Fórmula 1.

A sus 22 años, Colapinto representa una nueva generación que vuelve a ilusionar a la Argentina con tener protagonismo en la elite del automovilismo mundial. Su presencia al volante de un monoplaza en plena ciudad, rodeado de miles de personas, evocó inevitablemente aquellas épocas en las que Fangio dominaba la Fórmula 1 con una autoridad que aún hoy resulta difícil de igualar.

La comparación, sin embargo, exige contexto. Fangio construyó su leyenda en una Fórmula 1 muy distinta, en los años 50, cuando la categoría daba sus primeros pasos y el riesgo era parte constitutiva del oficio. Con cinco títulos mundiales —una marca que se mantuvo como récord durante décadas—, el balcarceño no solo ganó campeonatos: definió un estándar de excelencia basado en inteligencia, técnica y templanza.

Colapinto, en cambio, todavía está escribiendo su historia. Su recorrido por categorías formativas en Europa y su inserción en la órbita de equipos de Fórmula 1 lo posicionan como una de las mayores promesas argentinas de las últimas décadas. Pero el salto definitivo —ese que lo lleve a competir de manera estable en la máxima categoría— sigue siendo el gran desafío.

Más allá de los resultados, hay un punto de contacto clave entre ambos: la capacidad de generar identificación. Fangio lo hizo en un país que encontraba en el automovilismo una épica moderna; Colapinto lo logra en una era dominada por las redes sociales y el espectáculo global, donde cada aparición tiene impacto inmediato.

La exhibición en Buenos Aires también funcionó como un puente simbólico. La presencia de una réplica de la histórica “Flecha de Plata”, asociada a las hazañas de Fangio, no fue casual: buscó conectar el legado de una era dorada con la expectativa de un futuro posible. Pero si Fangio representa la certeza de la gloria, Colapinto encarna la incógnita. Y en esa diferencia radica, quizás, el mayor atractivo de la comparación. Mientras uno ya es historia consagrada, el otro es una promesa en desarrollo que necesita tiempo, resultados y contexto para acercarse —aunque sea parcialmente— a ese legado.

Argentina, mientras tanto, vuelve a mirar la Fórmula 1 con atención. Y aunque el peso del apellido Fangio siga siendo inalcanzable, la irrupción de Colapinto abre una puerta que parecía cerrada: la de volver a tener un protagonista propio en la máxima categoría del automovilismo mundial.

Aysa
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