Muerte súbita: datos alarmantes

Por iniciativa de la Sociedad Argentina de Cardiología (SAC) y la Fundación Argentina de Cardiología (FAC), se ha declarado del 21 al 27 de agosto de cada año como la Semana de la Lucha contra la Muerte Súbita, con el fin de concientizar a la población sobre la importancia de conocer las maniobras iniciales adecuadas para tratarla y tomar cursos de reanimación cardiopulmonar (RCP).

La muerte súbita es una causa de muerte prematura que representa un problema primordial para el sistema de salud, ya que más del 70% de los casos se producen en el ámbito extrahospitalario (hogar, trabajo, campos deportivos u otros lugares públicos), transformando a la comunidad no médica en la primera encargada de atender un episodio de esta naturaleza, dada la escasa ventana temporal que dispone para aplicar maniobras de reanimación cardiopulmonar (RCP) que reviertan el cuadro.

“Una muerte es súbita cuando no es provocada por un accidente, es inesperada y desde que comienza el cuadro, hasta que se desencadena, transcurre alrededor de una hora. Por esto, se dice que es natural, inesperada y rápida”, explica la Dra. Valeria El Haj, directora médica nacional de Ospedyc.

Los estudios reportan una incidencia variable de este tipo de episodios que oscilan entre 20 y 140 casos por 100.000 habitantes. Si bien las estadísticas vitales de la Argentina no reportan como causa de defunción a la muerte súbita, en base a la información internacional y según reportes nacionales, podemos estimar localmente unos 40.000 casos anuales .

Teniendo en cuenta estas consideraciones, se espera aproximadamente 1 caso de muerte súbita cada 1000 habitantes. Por este motivo, resulta razonable establecer la obligatoriedad de contar con, al menos, un cardiodesfibrilador automático externo (DEA) en lugares públicos y privados de acceso público, con concentración o circulación diaria superior a 1000 personas al día.

La Dra. El Haj asegura que “la desfibrilación dentro de los primeros 3 a 5 minutos del colapso puede producir tasas de supervivencia muy altas, de entre el 50 y 70%, y acercarse al 100% en el grupo de niños”, y agrega: “cada minuto que se demora la RCP, reduce las probabilidades de supervivencia en un 10%, pero si se aplica RCP en forma rápida, las probabilidades de supervivencia del afectado se duplican o triplican”.

La American Heart Association (AHA) y la European Resuscitation Council (ERC) proponen una secuencia denominada Cadena de Supervivencia pensada para describir una serie de acciones que ante una parada cardiorrespiratoria posibilite la supervivencia de la víctima. Cada eslabón de la cadena de supervivencia representa una intervención crítica y está definida en 6 tiempos:

1. Reconocer el caso tempranamente y activar el sistema de Emergencia (107 o 911).

2. Iniciar la maniobra de Compresiones torácicas dentro de los 2 minutos de ocurrido el evento.

3. Desfibrilar para restaurar el ritmo cardíaco (utilizando un DEA) antes de los 4 minutos.

4. Proporcionar asistencia sanitaria con medidas de soporte vital avanzado (Sistema de emergencias prehospitalario).

5. Ofrecer cuidados post resucitación a través del sistema de salud.

6. Facilitar la recuperación del paciente.

En relación al RCP las maniobras a realizar son:

1. Recostar a la persona inconsciente sobre una superficie dura por su espalda.

2. Colocar las manos del resucitado una sobre otra con las palmas hacia abajo y los dedos entrelazados.

3. Realizar entre 100 y 120 compresiones por minuto logrando hundir el tórax por 5 cm aprox. 

4. Las compresiones deben ser rítmicas (igual compresión que relajación).

5. Cambiar de resucitador cada 1 a 2 minutos para evitar el cansancio evitando así las maniobras inefectivas.

6. En el momento que se consiga el DEA, un segundo operador debe conectarlo a la víctima sin dejar de hacer compresiones. Una vez que el dispositivo esté conectado nos indicará en qué momento dejar de realizar las compresiones y cuando retomarlas.

En el caso del RCP pediátrico :

1. Verificar si no hay obstrucción de la vía aérea.

2. Iniciar compresiones con la misma frecuencia que en los adultos, verificando que el tórax descienda 1/3 de su altura.

3. La posición de las manos en el tórax varía según la edad del niño; debes colocar los dedos índice y medio en el centro del esternón, entre los pezones, o con ambos pulgares y en niños más grandes puede requerir compresiones con toda la mano.

4. Aplicar 2 insuflaciones de 1 segundo cada una, apenas soplando, que eleven el pecho del bebé.

5. Alternar 30 compresiones y 2 insuflaciones hasta que llegue la ambulancia.

6. En el momento que se consiga el DEA, un segundo operador debe conectarlo a la víctima sin dejar de hacer compresiones e insuflaciones. Una vez que el dispositivo esté conectado nos indicará en qué momento dejar de realizar las compresiones y cuando retomarlas.

En ambos casos, deben realizarse dichas maniobras hasta el arribo de la ambulancia.

“En cuanto al uso del Desfibrilador Externo Automático (DEA) – menciona la Dra. El Haj-, estos aplican una descarga al corazón para hacerlo regresar a un ritmo normal pero, al igual que con la RCP, se tiene que usar rápidamente. Para esto, es importante tratar de saber dónde encontrar uno en los lugares que frecuentamos. Estos dispositivos proporcionan indicaciones vocales y visuales y están diseñados para ser utilizados por alguien que nunca los ha visto”.

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Fallo Levinas: conocé la declaración del Consejo de la Magistratura de la Ciudad

crédito: Prensa Consejo CABA.

En el día de hoy el Consejo de la Magistratura de la Ciudad aprobó una declaración sobre el criterio de la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto del fallo Levinas. Se aprobó por los consejeros que participaron de la primera reunión de Plenario del año 2025.

Este martes, en el marco de la reunión de Plenario de consejeros del Consejo de la Magistratura, se aprobó la declaración del organismo sobre el criterio establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto del fallo Levinas.

La reunión de Plenario, que se transmitió en vivo por el canal de Youtube del organismo, contó con la participación de la presidenta Karina Leguizamón, el vicepresidente primero, Horacio Corti, el vicepresidente segundo, Manuel Izura y los consejeros Lorena Clienti, Marcelo Meis, Martín Converset, Luis Duacastella Arbizu y Gabriela Zangaro y los diferentes secretarios que integran el Plenario.

crédito: Prensa Consejo CABA.

Sobre el cierre de la reunión de las autoridades del Consejo se leyó el texto aprobado en la Sala de Plenario “Dr. Enzo Pagani”.

“Desde el Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires compartimos el criterio adoptado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el resolutorio de fecha 27 de diciembre de 2024 en los autos “FERRARI, MARIA ALICIA c/ LEVINAS, GABRIEL ISAIAS s/INCIDENTE DE INCOMPETENCIA – Levinas, Gabriel Isaías s/ SAG – otros (queja por recurso de inconstitucionalidad denegado)” (Fallos: 347:2286), toda vez que resulta a todas luces, una postura acorde con el orden constitucional argentino y conteste con la posición del Máximo Tribunal desde el año 2015 a la actualidad.

Todos los actores involucrados tenemos el deber de dar cumplimiento a lo normado en la Constitución Nacional, artículo 129 y concordante de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de lo establecido en las leyes Nº 7 y Nº 31 de la CABA, con fin de velar por la autonomía conferida a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Por tal razón, proponemos a todas las partes llevar adelante los acuerdos pertinentes dentro de los canales que nos brinda las instituciones permanentes de la democracia, para tornar operativo lo decidido por la CSJN en el fallo mencionado”.

Conocé los cambios en la VTV de los autos

Uno de los principales cambios será la modificación de los plazos para la Revisación Técnica Obligatoria (RTO), conocida en muchas provincias como VTV. Con la nueva normativa:

Vehículos particulares nuevos: primera inspección a los cinco años de su patentamiento.
Vehículos de hasta 10 años: revisión cada 24 meses.
Vehículos con más de 10 años: inspección anual, como hasta ahora.
En el caso de los vehículos comerciales, la primera inspección será a los dos años y luego cada dos años hasta los 10 años de antigüedad.

El Gobierno también busca descentralizar la VTV, permitiendo que además de los centros estatales pueda realizarse en concesionarias oficiales y talleres habilitados. Sin embargo, cada provincia podrá decidir si adopta o no estas modificaciones.

El Gobierno Nacional implementará modificaciones en la Ley de Tránsito que afectarán la Verificación Técnica Vehicular (VTV), el sistema de peajes y los requisitos de homologación para autos nuevos. Las reformas buscan reducir costos, digitalizar procesos y simplificar trámites.

Así quedó el nuevo régimen temporal para hacer la VTV
Los autos particulares 0KM. tendrán que realizar la VTV recién a los 5 años desde que se patenta.
En el caso de los vehículos comerciales, la primera VTV tiene que hacerse a los 2 años desde el patentamiento.
Mientras que los autos de entre 5 y 10 años de antigüedad, los particulares tienen que hacer la VTV cada 5 años. Y dos para los comerciales. Ahora, aquellos autos de más de 10 años de utilidad tendrán que hacerse cada dos años en los particulares.

¿Cuáles son los objetivos de la medida?
Optimizar trámites de la VTV.
Mejorar la seguridad vial.
Unificar y extender los plazos, beneficiando a los propietarios con vehículos más nuevos.
Los cambios aplican a vehículos patentados a partir de este año 2025, mientras que, para aquellos autos patentados antes de esta fecha, las normativas anteriores siguen vigentes.

Precios actuales: CABA

Costos del trámite:
$52.878,21
Vehículos
$19.882,72
Motovehículos
Exentos de pago
Quedan exentos de pago: Jubilados, pensionados y mayores de 65 años titulares de un vehículo y que cobren hasta 2 haberes mínimos jubilatorios.
Discapacitados titulares de vehículos.
Discapacitados no titulares del vehículo (padres, tutores, descendientes, cónyuges, convivientes).
En ambos casos, deberán pagarlo si verifican fuera del plazo establecido en la Ley.

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Villa Crespo: local clausurado por vender carne de carpincho

La Policía de la Ciudad, junto con personal del Cuerpo de Investigaciones Judiciales (CIJ) del Ministerio Público Fiscal, clausuró un comercio de embutidos en Villa Crespo que vendía carne de carpincho y chivito de manera ilegal

El procedimiento se llevó a cabo en un local ubicado en la avenida Corrientes al 4600, en el marco de una investigación impulsada por la Unidad Fiscal Especializada en Materia Ambiental (UFEMA), a cargo del Dr. Santurián.

En la inspección, se encontraron varios frascos de conservas de carne de carpincho y de chivito, ambos animales tienen un régimen legal especial para su venta, por lo que se sospecha que ambos ejemplares de la fauna silvestre fueron extraídos de sus hábitats naturales por la caza furtiva y sometidos al comercio ilegal.

Asimismo, se pudo constatar que estos productos envasados exhibían el mismo número del Registro Nacional de Productos Alimenticios (RNPA), motivo por el cual se dispuso el secuestro de los mismos. En total fueron incautados tres envases de conservas de chivito y dos de carpincho.

Por tales hechos, se imputó a la responsable del local por comercio y tenencia ilegal de subproductos de fauna silvestre y actos de crueldad animal.

El operativo fue encabezado por personal de la División Delitos Ambientales de la Policía de la Ciudad, junto con el Cuerpo de Investigaciones Judiciales (CIJ) del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad, además de la participación de agentes de la Dirección General de Control Ambiental (DGCONTA), de la Dirección General de Fiscalización y Control (DGFYC), y de la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria (DGHYSA) del GCBA.